DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4184-E
La AFIP estableció que las multas por infracciones relacionadas con las obligaciones de la seguridad social impuestas de acuerdo a la R.G. 1566 deberán ingresarse por medios electrónicos.
Los empleadores efectuarán el ingreso de las multas mediante transferencia electrónica (VEP), y los autónomos podrán hacerlo por ese mismo medio o mediante tarjetas de crédito o débito.
Se modifican también los códigos a utilizar para la identificación de los conceptos del pago.