DAE - Información Impositiva y Laboral
Decreto 933/18
El Poder Ejecutivo estableció normas complementarias a la reglamentación de la Ley 27.253 en cuanto a la obligación de aceptar, en las operaciones con consumidores finales, tarjetas de débito, tarjetas prepagas no bancarias u otros medios de pago equivalentes.
Se dispone que los dispositivos que se utilicen para capturar la transacción debe ser solicitado por el contribuyente obligado y registrado a su nombre; y la acreditación de los fondos debe ser a una cuenta bancaria de su titularidad. Además el dispositivo deberá admitir todas las tarjetas de débito de las distintas redes que operan en el país.
Establece como medios de pago equivalentes los sistemas que utilicen códigos QR, y que los contribuyentes que acepten pagos mediante códigos QR no estarán obligados a aceptar de manera adicional los otros medios de pago.
No será obligatoria la aceptación de tarjetas y medios de pago comprendidos en la ley por operaciones de monto inferior a $ 100.-