DAE - Información Impositiva y Laboral
Ley 13.875
Adjuntamos el texto de la Ley 13.875, en la parte pertinente al Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Ley Impositiva de la Provincia de Santa Fe para el año 2019.
Entre las modificaciones destacamos que la alícuota para las actividades primarias será del 0.75%, los servicios de transporte el 2%.
Tributarán el 1.5% las industrias con ingresos anuales superiores a $ 64.000.000; en el caso de transformación de cereales y oleaginosas se aplicará el 1.5% cuando se haya superado el mencionado monto y/o procesado más de 360.000 toneladas de granos.
Los servicios de transporte pagarán el 2% y los servicios de intermediación el 5%.