DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4521
La AFIP modifica la R.G. 1658, que regula las condiciones para la compensación de obligaciones fiscales.
Se establece que la compensación de saldos a provenientes de declaraciones juradas determinativas, incluidas las rectificativas que generen o incrementen saldos de libre disponibilidad, deberán tramitarse en todos los casos desde el sistema Cuentas Tributarias.
Al momento de efectuarse la solicitud de compensación la AFIP realizará controles sistémicos y en caso de rechazo el trámite deberá realizarse ante la dependencia de AFIP mediante la presentación de una nota en los términos de la R.G. 1.128.
La compensación de saldos provenientes de declaraciones juradas informativas y de resoluciones administrativas o judiciales dictadas en recursos o demandas de repetición se harán mediante la transferencia del F.798 generado por el aplicativo SIAP "Compensaciones y Volantes de Pago", o mediante la presentación del F.574 manual.
Las modificaciones regirán desde el 17/7/2019.