DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4343
La AFIP modificó el Art. 3 de la R.G. 4325, que regula el régimen de retenciones del Impuesto a las Ganancias en operaciones de comercialización de granos.
Con el agregado de un párrafo al citado artículo, referido a los sujetos pasibles de retención, precisa que cuando intervengan Mercados de Futuros y Opciones el sujeto pasible de la retención será aquel a cuyo nombre se encuentre inscripto el contrato.