4 de enero de 2024

B.E. 2171 - Ganancias. Impuesto Cedular

DAE - Información Impositiva On-Line

Comunicado AFIP

Rige desde el 1/1/2024 la modificación introducida en el Impuesto a las Ganancias por la Ley 27725, que estableció un Impuesto Cedular sobre los mayores ingresos del trabajo en relación de dependencia, jubilaciones y pensiones de privilegio y otros, que tributarán por los ingresos que excedan el mínimo no imponible equivalente a 15 SMVM mensuales.

Por medio de un comunicado publicado en su sitio web, la AFIP aclaró que resulta aplicable el régimen de retenciones ya vigente establecido por la R.G. 4003.

Para calcular la retención a los sujetos comprendidos, sobre los ingresos mensuales se tomará como única deducción el monto equivalente a 15 SMVM y sobre lo que exceda dicho mínimo se calculará el impuesto con la escala de alícuotas detallada en el mismo comunicado.

Para los meses siguientes, se tomarán los ingresos, mínimo y escala, acumulados al mes que se liquida.


https://coop.dae.com.ar