Resolución (CNTA) 216/2019

Ciudad de Buenos Aires, 03/10/2019

VISTO la Ley N° 26.727 y Expediente Electrónico N° EX-2019-87720770-APN-DGDMT#MPYT, y

CONSIDERANDO:

Que en el citado expediente obra el tratamiento de una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00), para el personal que se desempeña en las actividades AVÍCOLA, PORCINA, CONDUCTOR TRACTORISTA MAQUINISTA DE MAQUINAS COSECHADORAS Y AGRÍCOLAS QUE SE DESEMPEÑEN EXCLUSIVAMENTE EN LAS TAREAS DE RECOLECCION Y COSECHA DE GRANOS Y OLEAGINOSAS, APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, y el PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN DE TRABAJO AGRARIO, INSTITUIDO POR LA LEY Nº 26.727 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO Nº 301/13, en el ámbito de TODO EL PAÍS.

Que a los efectos de hacer frente a la adecuación del poder adquisitivo de los trabajadores y en el marco de las competencias de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, las partes han decidido su tratamiento.

Que analizados los antecedentes respectivos y habiendo coincidido las representaciones sectoriales en el marco de esta revisión extraordinaria y en cuanto a la fijación de dicha asignación debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 de la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Fijase una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00), para el personal que se desempeña en las actividades AVÍCOLA, PORCINA, CONDUCTOR TRACTORISTA MAQUINISTA DE MAQUINAS COSECHADORAS Y AGRÍCOLAS QUE SE DESEMPEÑEN EXCLUSIVAMENTE EN LAS TAREAS DE RECOLECCION Y COSECHA DE GRANOS Y OLEAGINOSAS, APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, y el PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA COMPRENDIDO EN EL RÉGIMEN DE TRABAJO AGRARIO, INSTITUIDO POR LA LEY Nº 26.727 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO Nº 301/13, en el ámbito de TODO EL PAÍS, la cual se abonará conforme se detalla a continuación:

- PESOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 1.667,00), con las remuneraciones del mes de octubre de 2019.

- PESOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 1.667,00), con las remuneraciones del mes de noviembre de 2019.

- PESOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE ($ 1.667,00), con las remuneraciones del mes de diciembre de 2019.

ARTÍCULO 2°.- Los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario se comprometen a reunirse en el mes de enero de 2020, para su revisión.

ARTÍCULO 3°- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. Tomás A. Calvo - Gabriela Mauro - Paulo Ares - Pedro Apaolaza - Saúl Castro - Jorge A. Herrera

Fecha de publicación 07/10/2019