DAE - Información Impositiva y Laboral
Ley 27.467
Se publica la Ley de Presupuesto 2019, que contiene algunas normativas relacionadas con la materia tributaria, entre las que destacamos las siguientes.
Se incorporan a la alícuota diferencial del 10.5% en el IVA la venta de residuos sólidos resultantes de la extracción industrial de aceite de soja, como así también cualquier otro residuo o producto sólido resultante del procesamiento industrial del grano de soja, en ambos casos, cualquiera fuere su forma comercial (expellers, pellets, tortas, harinas, granulado, etc.; y los granos de soja desnaturalizados, desactivados, tostados, quebrados, cualquier producto originado del cernido y limpieza obtenido de los granos de soja, cáscara o cascarilla de soja, cualquier tipo de mezcla de los productos citados precedentemente, cualquiera fuere su forma comercial.
Se releva del secreto fiscal a la información que pueda suministrar la AFIP a la ANSES vinculada con la prevención y fiscalización del fraude en el otorgamiento de prestaciones o subsidios que ese organismo otorgue o controle.
El valor a consignar en el Impuesto sobre los Bienes Personales para los automotores, motovehículos y maquinaria agrícola, vial e industrial, no podrá ser inferior al de la tabla que elabora la DNRPA para el cálculo de los aranceles que perciben los registros seccionales en los trámites de transferencia e inscripción de dichos bienes.
Se faculta a la AFP a establecer un régimen de reintegros para personas humanas que revistan la condición de consumidores finales, destinado a estimular comportamientos vinculados con la formalización de la economía y el cumplimiento tributario.
Se deroga el capítulo VII del título II de la Ley de Impuestos Internos, Ley 24.674, referido a las champañas, con efectos para los hechos imponibles que se verifiquen a partir del 1° de enero de 2019, inclusive.
Para los Impuestos Internos sobre automotores, embarcaciones y aeronaves, los mínimos no sujetos a impuesto serán actualizados por el IPC trimestralmente.
Se establecen modificaciones en el IVA respecto de las actividades editoriales y servicios de radiodifusión.