Resolución (SSS) 11/2019
Ciudad de Buenos Aires, 30/07/2019
VISTO el EX-2019-58883042-APN-SESS#MSYDS, las Leyes N° 24.714 y sus modificatorias y N° 26.061, el Decreto N° 1245 de fecha 1° de noviembre de 1996, la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL N° 14 de fecha 30 de julio de 2002, sus modificatorias y complementarias y las Resoluciones de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL N° 393 de fecha 18 de noviembre de 2009 y N° 235 de fecha 28 de abril de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 24.714 instituyó un Régimen de Asignaciones Familiares con alcance nacional y obligatorio, otorgando distintas prestaciones destinadas a la protección del grupo familiar de los trabajadores en relación de dependencia, beneficiarios de la Ley sobre Riesgos del Trabajo y del Seguro de Desempleo, a través de un subsistema contributivo, así como también al grupo familiar de los beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino y de pensiones no contributivas por invalidez, mediante un subsistema no contributivo.
Que mediante el Decreto N° 1245 del 1° de noviembre de 1996 se reglamentó el citado Régimen, facultándose a la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL para dictar las normas complementarias y aclaratorias del mismo, quien en ejercicio de dicha facultad dictó la Resolución N° 14 de fecha 30 de julio de 2002 y sus modificatorias y complementarias.
Que por el artículo 26 de la Ley N° 26.061 se dispone que los Organismos del Estado deberán establecer políticas y programas para la inclusión de las niñas, niños y adolescentes, que consideren la situación de los mismos, así como de las personas que sean responsables de su mantenimiento.
Que en virtud de ello, a través de los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1602 de fecha 29 de octubre de 2009 y N° 446 de fecha 18 de abril de 2011 se introdujeron importantes reformas al Régimen de Asignaciones Familiares, ampliándose su alcance, incorporando un nuevo subsistema de carácter no contributivo compuesto por la Asignación Universal por Hijo para Protección Social y la Asignación por Embarazo para Protección Social.
Que de ese modo se añadió al sistema de protección social a aquellos grupos familiares de trabajadores que se encuentran desocupados o que se desempeñan en la economía informal, a fin de asegurar un ingreso mínimo y garantizar el derecho de los niños, niñas y adolescentes a la salud y a la educación.
Que asimismo por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 593 de fecha 15 de abril de 2016 se incorporó al Régimen de Asignaciones Familiares otro subsistema contributivo, a fin de dar cobertura a las familias de los trabajadores independientes, en el marco del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
Que en razón de todos los cambios instituidos al Régimen de Asignaciones Familiares, y de la vastedad de normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias que fueron emitiéndose desde su sanción, resulta necesario el dictado de una nueva normativa que actualice y unifique en un solo cuerpo las pautas preestablecidas, según el criterio regulatorio de la Ley N° 24.714 que sostiene la vigencia de un único régimen nacional y obligatorio de asignaciones familiares.
Que la presente facilitará la comprensión del régimen por parte de los destinatarios y clarificará el alcance de sus disposiciones, evitando interpretaciones diversas por parte de los organismos del Estado encargados de su aplicación.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ARMONIZACIÓN DE LOS REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL dependiente de esta SECRETARÍA DE SEGURIDAD SOCIAL y la ADMINSTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), han propiciado la presente medida.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN JURIDICO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto N° 174 del 2 de marzo de 2018 y sus modificatorias y complementarias y el artículo 12 del Decreto 1245 de fecha 1° de noviembre de 1996 y el Decreto N° 451 del 1° de julio de 2019.
Por ello,
EL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Apruébanse las normas complementarias, aclaratorias y de aplicación del Régimen de Asignaciones Familiares instituido por la Ley Nº 24.714 y sus modificatorias, que como Anexo (IF-2019-67431945-APN-DNARSS#MSYDS) forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Abrógase la Resolución de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL N°14 de fecha 30 de julio de 2002, sus modificatorias y complementarias y toda otra norma que se oponga a lo dispuesto en la presente.
ARTÍCULO 3°.- Instrúyese a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a través de las áreas pertinentes, a revisar la normativa dictada en ejercicio de sus competencias para adecuarla a lo dispuesto por la presente Resolución.
ARTÍCULO 4°.- Facúltase a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), a través de las áreas pertinentes, para dictar las normas complementarias a los efectos de la implementación operativa de lo dispuesto por la presente, la liquidación y pago de las asignaciones familiares, y su control y supervisión.
ARTÍCULO 5º.- Las disposiciones de la presente Resolución se aplicarán a las Asignaciones que se pongan al pago a partir del 1° de Agosto de 2019.
ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Alejandro Guillermo Chiti
Fecha de publicación 01/08/2019