DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución (RENATEA) 504/15
El RENATEA dispone que los empleadores agrarios, al momento de inscribirse en el Registro, deberán establecer un domicilio constituido a los efectos de todos los trámites ante el mismo, como asimismo deberán informar la georeferenciación del asiento principal de sus actividades productivas.
Por su parte, los empleadores ya inscriptos tendrán hasta el 31 de octubre para ratificar o rectificar el domicilio ya declarado ante el organismo.
Los cambios de domicilio y de georeferenciación deberán informarse dentro de los 30 días de su modificación.