3 de diciembre de 2015

B.E. 1111 - Sistema "Mis Retenciones". Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolucion General (AFIP) 3816

La AFIP implementa en el sistema "Mis Retenciones" una nueva funcionalidad para computar las retenciones y percepciones sufridas, en las declaraciones juradas del impuesto correspondiente.

La misma funcionalidad permitirá cargar las retenciones y percepciones que no se encuentren registradas en el sistema.

Los responsables del Impuesto al Valor Agregado obligados a presentar la declaración jurada del impuesto por el sistema "IVA por Actividad" (R.G. 3711), a los efectos de computar las retenciones y percepciones sufridas, deberán utilizar obligatoriamente la funcionalidad del sistema "Mis Retenciones" a partir del período mayo de 2016.

Sin perjuicio de ello, todos los responsables del impuesto al valor agregado podrán utilizar esta funcionalidad desde el 1 de enero de 2016.