23 de enero de 2017

B.E. 1243 - Feriados Nacionales. Modificación

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 52/17

El Poder Ejecutivo modificó el Decreto 1584/10, que establece el régimen de Feriados Nacionales.

Se eliminan los dos feriados turísticos anuales y se establece que los feriados que resulten en días martes y miércoles se cumplirán el lunes anterior, y los que resulten en días jueves y viernes se cumplirán el lunes siguiente.

Se exceptúan de esta medida, por lo tanto no se trasladarán los siguientes feriados: 1° de Enero, Lunes y Martes de Carnaval, Viernes Santo, 1° de Mayo, 25 de Mayo, 9 de Julio, 8 de Diciembre y 25 de Diciembre.