21 de mayo de 2018

B.E. 1377 - Buenos Aires. Ingresos Brutos. Exención Cooperativas

DAE - Información Impositiva y Laboral

Disposición Normativa (ARBA) 19/18

ARBA dictó la normativa complementaria de las modificaciones dispuestas por la Ley 15007 en el tratamiento de las Cooperativas, con vigencia desde el 1/1/18.

Como informamos en su momento, la citada ley cambió el tratamiento de la operatoria de las cooperativas con sus asociados, tratada cono "no alcanzada" en el Art. 186 inciso f) del C.F., a "exenta" reproduciendo el mismo texto en el Art. 207 inciso f).

ARBA establece ahora que las Cooperativas deberán tramitar el reconocimiento de dicha exención, de acuerdo al procedimiento de la D.N. 29/07. El trámite debe iniciarse por Internet en la web de ARBA, y luego presentar en la agencia correspondiente la documentación que se indicará al momento de finalizar el trámite en línea.

Por otra parte, se establece un régimen de información por el cual las Cooperativas deberán suministrar anualmente información sobre sus actividades mediante declaración jurada que se presentará a través del sitio web de ARBA.

El ANEXO II de la Disposición que comentamos detalla la información a suministrar por el ejercicio fiscal 2017, la que deberá presentarse con vencimiento el 15 de junio de 2018.

En el ANEXO I se detalla la información a suministrar anualmente a partir de la correspondiente al ejercicio fiscal 2018. La información de cada ejercicio fiscal deberá presentarse hasta el 10 de mayo del año siguiente.

Agregamos que en la misma Disposición comentada se establecen normas complementarias respecto de la exención para Cooperativas de Trabajo.