DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP establece que los sujetos obligados a emitir el "Remito Electrónico Harinero" (REH) deben consignar los números de los remitos en los comprobantes electrónicos que respaldan las operaciones de venta de harinas de trigo y los subproductos derivados de la molienda de trigo.
El sujeto receptor del comprobante de venta debe coincidir con el destinatario de la mercadería consignado en el remito; y el remito debe encontrarse vigente o aceptado.
Esta disposición será optativa a partir del 1 de febrero de 2023 y obligatoria desde el 1 de marzo de 2023.