27 de septiembre de 2016

B.E. 1202 - Entre Ríos. Ingresos Brutos. Regímenes de retención y percepción

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (ATER) 319/16

La ATER reemplaza la normativa de los regímenes de retenciones y percepciones del Impuesto sobre los Ingresos Brutos. 

El nuevo texto, que comenzará a regir desde 1/10/2016, reúne los regímenes de retención y percepción generales y especiales, incorporando también un régimen de información.

Entre las novedades se destaca que los sujetos obligados a actuar como agentes de retención, percepción en información serán los nominados en las listas que se publicarán en el Boletín Oficial y en la página web de la ATER en forma semestral, los meses de abril y octubre de cada año. Los sujetos que sean designados como agentes comenzarán a actuar como tales a partir del mes siguiente a aquel en que se publique la nómina que los incluye.

Los agentes que actualmente revisten como agentes y que no sean incluidos en las nuevas nóminas continuarán actuando como tales, con las normas anteriores, hasta el mes de octubre.