14 de diciembre de 2016

B.E.1220 - Ganancias. Segunda cuota del SAC

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1253/16

El Poder Ejecutivo Nacional estableció que a los efectos de la determinación del Impuesto a las Ganancias por la segunda cuota del sueldo anual complementario de 2016, se incrementa la deducción especial en la suma de $ 15.000.-

Ello implica que no sufrirá retención el aguinaldo neto que no supere los $ 15.000.- en tanto si supera dicho monto la diferencia integrará la base de la retención del impuesto. 

El beneficio comprende exclusivamente a a los beneficiarios cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre los meses de julio y diciembre de 2016 no supere la suma de $ 55.000.-