28 de febrero de 2019

B.E. 1481 - Facilidades de pago permanente

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4431

La AFIP modifica la R.G. 4268, que estableció el régimen de facilidades de pago permanente para obligaciones impositivas, de los recursos de la seguridad social y aduaneras.

Sustituye en el Anexo II el cuadro de cantidad de planes, cuotas y tasas de financiación para Micro, pequeñas y medianas empresas -tramo 1-, estableciendo que las las tasas para las mismas no podrán superar el 3% efectivo mensual.

Se extiende hasta el 31/5/2019 el término previsto por la R.G. 4346, que estableció que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas -Tramo 1- podrán solicitar hasta 6 planes de facilidades.

Para planes que incluyan obligaciones de IVA y/o recursos de la seguridad social, cuya declaración jurada haya sido presentada a partir del primer día del mes siguiente al del vencimiento, podrán solicitarse hasta cuatro cuotas.