DAE - Información Impositiva On-Line
El Poder Ejecutivo prorrogó hasta el 30 de noviembre el plazo para el acogimiento al régimen de regularización establecido por la Ley 27.541.
Las MiPymes que no cuenten con el certificado del Registro MiPyme vigente tendrán tiempo hasta la misma fecha para tramitarlo y obtenerlo; y las que no obtengan el certificado tendrán un plazo adicional de 15 días para reformular el plan en las condiciones establecidas para los contribuyentes en general, en cuyo caso la primera cuota de los planes de facilidades vencerán el 16 de enero de 2021.