DAE - Información Impositiva On-Line
El Poder Ejecutivo extendió la emergencia pública en materia ocupacional declarada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 34/19.
La doble indemnización en casos de despidos sin justa causa regirá hasta el 31 de diciembre de 2021, estableciéndose que el monto correspondiente a la duplicación no podrá exceder en ningún caso la suma de $500.000.
Se prorroga por 90 días corridos la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, así como la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, excepto las efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la LCT.
Lo dispuesto sobre la doble indemnización y la prohibición de despidos y suspensiones no será aplicable a las contrataciones celebradas con posterioridad al 13/12/2019.
Por otra parte, se ratifica por 90 días corridos que la enfermedad COVID-19 se considerará presuntivamente una enfermedad de carácter profesional no listada.