DAE - Información Impositiva On-Line
Se eleva el piso para el pago del Impuesto a las Ganancias para el personal en relación de dependencia, con aplicación a partir de los haberes devengados desde el 1 de noviembre.
No pagarán el impuesto los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma $330.000.- mensuales, a cuyo efecto en esos casos se deberá incrementar la deducción especial de modo tal que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.
La AFIP establecerá una deducción adicional progresiva para quienes tengan una remuneración y/o haber bruto mensual superior a $330.000.- y que no exceda $431.988.-
Por su parte, el Sueldo Anual Complementario estará exento para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma de $330.000.- mensuales.