DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP modificó la R.G. 4815, que establece el régimen de percepción del Impuesto a las Ganancias y del Impuesto sobre los Bienes Personales sobre operaciones alcanzadas por el Impuesto PAIS.
Se reduce la percepción al 30% (antes 100% más 25%).
Los monotributistas no sujetos al Impuesto a las Ganancias aplicarán la percepción al Impuesto sobre los Bienes Personales. Los demás sujetos, al Impuesto a las Ganancias.
Cuando las percepciones generen saldo a favor tendrá el carácter de ingreso directo y podrá ser aplicado para la cancelación de otras obligaciones impositivas.