8 de julio de 2024

B.E. 2233 - Ley Bases

DAE - Información Impositiva On-Line

Ley 27742

Se publica en la fecha la "Ley Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos", de la cual resumimos a continuación las principales novedades en materia laboral, sin perjuicio de más amplios comentarios a medida que se publiquen las reglamentaciones correspondientes.

PROMOCIÓN DEL EMPLEO REGISTRADO

Se establece un régimen de promoción del empleo registrado por el cual los empleadores podrán registrar  las relaciones laborales no registradas o deficientemente registradas, iniciadas antes de la promulgación de la ley.

El Poder Ejecutivo reglamentará el régimen, pudiendo disponer la extinción de las acciones penales y la condonación de deudas por capital e intereses por falta de pago de aportes y contribuciones. Podrá otorgar planes de pago de hasta 5 años.

Los trabajadores regularizados tendrán derecho a computar servicios con aportes por los períodos regularizados, hasta 60 meses, sobre un monto mensual equivalente al SMVM.

La regularización deberá efectivizarse dentro de los 90 días corridos contados desde la reglamentación de la ley.

MODERNIZACIÓN LABORAL

Se modifica la Ley 24013, estableciendo que la reglamentación deberá prever la forma de registración de los trabajadores de manera que resulte "simple, inmediata, expeditiva y realizarse a través de medios electrónicos".

Se prevé un sistema simplificado para la confección de los recibos de sueldo para empresas de hasta 12 trabajadores, con un importe único que abarque todas las obligaciones emergentes de las relaciones laborales.

Deberá disponerse un medio electrónico para que el trabajador pueda denunciar la falta de registración ante la AFIP o la autoridad local.

Se modifica el perí­odo de prueba en la Ley de Contrato de Trabajo, que será de 6 meses, pudiendo ampliarse por convenio colectivo de trabajo hasta 8 meses en empresas con 6 a 100 trabajadores, y hasta 1 año en empresas con hasta 5 trabajadores.

Se modifica el Art. 177 de la LCT, referido a la licencia por maternidad, estableciendo que se podrá ejercer la opción de reducir la licencia anterior al parto hasta un mí­nimo de 10 dí­as.

Entre los motivos de despido con justa causa se introducen las medidas de acción directa que afecten la libertad de trabajo de quienes no adhieran a las medidas de fuerza, el bloqueo de ingreso o egreso de personas o cosas al establecimiento, así como los daños provocados a las propiedades de la empresa.

Se introduce una indemnización agravada del 50% de la establecida por el Art. 245, para los casos de despidos por discriminación con motivos de etnia, raza, nacionalidad, ideologí­a, opinión política o gremial, sexo o género, orientación sexual, posición económica, caracteres físicos o discapacidad.

El régimen de indemnización por antigüedad en casos de despidos sin justa causa podrá ser reemplazado por Convenio Colectivo de Trabajo por un fondo de cese laboral. Los empleadores también podrían optar por contratar un seguro privado para solventar las indemnizaciones, o podrán autoasegurarse en el sistema que se defina.

Un trabajador independiente podrá contar con hasta otros 3 trabajadores independientes para un emprendimiento productivo, sin que exista ví­nculo de dependencia entre ellos; y podrá acogerse a un régimen especial de pago unificado para las cotizaciones de la seguridad social.

En el Régimen de Trabajo Agrario, Ley 26727, se establece que para los trabajadores por tiempo indeterminado resultará de aplicación el período de prueba según lo dispuesto en el Art. 92 bis de la LCT.

Se sustituye el Art. 69, derogando la obligatoriedad de las bolsas de trabajo. Estas podrán proponer a los empleadores un listado del personal, pero el empleador podrá contratar a la persona sugerida y/o a cualquier otra que disponga.

Se deroga el Régimen del Viajante de Comercio, Ley 14456.

Se derogan indemnizaciones agravadas dispuestas por los artículos 8 a 17 de la Ley 24013 por falta de registración o registración deficiente de los trabajadores.

Se deroga el Art. 9 de la Ley 25013, que establece la presunción de conducta temeraria y maliciosa en caso de falta de pago en término de las indemnizaciones por despidos sin causa.

Se deroga la Ley 25.323, que establecía agravamiento de indemnizaciones en casos de relaciones laborales no registradas o registradas de manera deficiente.

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