12 de agosto de 2024

B.E. 2253 - Registro de Locaciones de Inmuebles

DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5545

La AFIP reemplaza la R.G. 4933, que estableció el "Régimen de registración de contratos de locación de inmuebles".

En el nuevo texto la registración de los contratos en el "Registro de Locaciones de Inmuebles - RELI" será obligatoria sólo a los efectos de usufructuar los incentivos fiscales en el Monotributo, en el Impuesto sobre los Bienes Personales, en el Impuesto a las Ganancias y en Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, previstos en la Ley Nº 27.737.

Los contratos, y en su caso sus modificaciones, deberán registrarse en el "RELI" dentro de los 15 días corridos posteriores a su celebración.

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