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Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Septiembre, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:
Circular Impositiva Septiembre 2025
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Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Septiembre, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:
Circular Impositiva Septiembre 2025
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ARCA modifica diversas resoluciones relacionadas con la emisión de comprobantes, para adecuar sus textos como consecuencia del reemplazo de los comprobantes tipo "M" por comprobantes clase "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN" y clase "A" con leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA".
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ARCA sustituyó el texto de la R.G. 1575, que establece los requisitos que deben cumplir los responsables inscriptos en IVA para solicitar por primera vez desde su inscripción la autorización para emitir comprobantes tipo "A".
Se reemplazan los comprobantes tipo "M" por clase "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN" y clase "A" con leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA".
Quienes no cumplan con alguno de los requisitos previstos para la emisión de comprobantes "A" serán autorizados para emitir comprobantes "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN"; y quienes no acrediten la solvencia patrimonial requerida pero no registren inconsistencias o irregularidades, podrán optar por solicitar la emisión de comprobantes clase "A" con leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA".
Quienes reciban comprobantes "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN" deberán actuar como agentes de retención, reteniendo el 100% del IVA y el 6% del monto de la operación en concepto de Impuesto a las Ganancias.
Quienes reciban los comprobantes "A" con leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA" deberán cancelar el importe total del comprobante mediante transferencia o depósito en la cuenta cuya CBU haya sido informada por el emisor a ARCA.
Las disposiciones de la resolución comentada entrarán en vigencia el día 1 de diciembre de 2025.
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La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 en la suma de $ 109.897,23 y $ 3.571.608,54, respectivamente, a partir del período devengado octubre de 2025.
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ARCA modificó la R.G. 5321, que establece el régimen de facilidades de pago de carácter permanente, incorporando un nuevo plan con condiciones específicas destinado a sujetos en concurso preventivo o en estado de quiebra con continuidad.
Asimismo, se actualiza el monto mínimo del pago a cuenta y de las cuotas de todos los planes que se presenten en los términos de la citada resolución.
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La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad ARROCERA, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RÍOS, las que tendrán vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.
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La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RÍOS, con vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.
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La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de SEMILLEROS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de julio de 2025.
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ARCA modificó la R.G. 2463, que regula el Sistema "Cuentas Tributarias", agregando que los saldos acreedores de períodos fiscales cuyos vencimientos para la presentación de la declaración jurada hubieran acaecido con antelación al 1° de enero del quinto año anterior, los mismos solo podrán utilizarse en tanto sean identificados "prima facie" como viables por ARCA.
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ARCA sustituyó el texto de la R.G. 1658, que establece el régimen de compensaciones de obligaciones fiscales con saldos a favor.
En el nuevo texto, donde se formulan precisiones operativas sobre los procedimientos de compensación, también se extiende a los responsables sustitutos la posibilidad de que puedan solicitar la compensación de los saldos a ingresar por su obligación en tal carácter, con sus saldos a favor de libre disponibilidad.
En otro punto a destacar, se establece que la compensación de saldos con más de 5 años de antigüedad podrán utilizarse siempre que los mismos sean indicados "prima facie" como viables por ARCA.
También se crea en "Presentaciones Digitales" el trámite "Procesamiento o Anulación de Compensaciones" para solicitar la viabilidad de los saldos que no pudieran ser utilizados.
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La Jefatura de Gabinete de Ministros, en atención a lo dispuesto por el Dto. 614/2025, resolvió trasladar el Feriado Nacional del día Domingo 12 de Octubre de 2025, al día Viernes 10 de Octubre de 2025.
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ANSES Estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, en las sumas de $ 107.869,29 y $ 3.505.701,35, respectivamente, a partir del período devengado septiembre de 2025.