DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 3884
La AFIP actualiza los montos del régimen general de retenciones del Impuesto a las Ganancias establecido por la R.G. 830.
Reemplaza el Anexo VIII de la citada resolución, modificando los montos no sujetos para cada tipo de operaciones. Destacamos que en el caso de la enajenación de bienes muebles se eleva el monto no imponible a $ 100.000.- y en las locaciones de obras y servicios a $ 30.000.-
Se ajusta el mínimo de retención, estableciendo que no corresponderá efectuar retención cuando el importe de la misma resulte inferior a $ 90.- Cuando se trate de alquileres de inmuebles urbanos a no inscriptos no corresponderá la retención cuando la misma sea inferior a $ 450.-
Los derechos de autor no sufrirán retenciones cuando el importe abonado por ejercicio fiscal no supere los $ 50.000.-
Se ajusta a $ 200.000.000.- el monto de ingresos brutos operativos obtenidos en el ejercicio fiscal anterior para poder acceder al régimen excepcional de ingreso.
Los nuevos montos entrarán en vigencia para los pagos que se efectúen desde el 1 de junio de 2016, aunque correspondan a operaciones concertadas con anterioridad.