DAE - Información Impositiva y Laboral
Decreto 485/2017
Se exime del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en cuentas Bancarias a las cuentas utilizadas exclusivamente para la administración y operatoria de transferencias mediante dispositivos de comunicación móviles y oros medios electrónicos; y a las cuentas utilizadas por las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas.