17 de agosto de 2021

B.E. 1931 - Trabajadores rurales. Asignaciones y planes

DAE - Información Impositiva On-Line

Decreto 514/2021

El Poder Ejecutivo dispuso medidas respecto de las asignaciones y planes sociales para los trabajadores rurales que realizan actividades temporales y estacionales.

La medida alcanza a las personas contratadas bajo las modalidades de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo (Arts. 17 y 18 del Régimen de Trabajo Agrario) y las que sean contratadas para desarrollar actividades agropecuarias bajo la modalidad de trabajo de temporada (Art. 96 de la Ley de Contrato de Trabajo).

Se establece que las Asignaciones Familiares en ningún caso podrán ser inferiores al valor de la Asignación Universal por Hijo. Cuando cese la cobertura del régimen general de asignaciones familiares continuarán percibiendo las asignaciones universales (Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo) mientras reúnan los requisitos requeridos para la percepción de tales asignaciones.

Por otra parte, quienes sean contratados bajo estas modalidades y sean titulares de los planes "Potenciar Trabajo" y "Tarjeta Alimentar" podrán seguir percibiendo estas prestaciones en las condiciones que establezca la reglamentación.

Finalmente, se invita a las jurisdicciones provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y municipales, a dictar medidas similares respecto de los planes sociales y de empleo de carácter local.

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