19 de agosto de 2021

B.E. 1932 - Acuerdo Salarial Comercio Rama Cereales

DAE - Información Impositiva On-Line

Adjuntamos los textos y escalas resultantes de la negociación salarial del Convenio de Comercio - Rama Cerealera.

Acuerdo Junio 2021

En primer lugar se pactó una revisión del acuerdo anterior, acordando un incremento salarial, de carácter remunerativo, del 8% a partir del 1° de Junio de 2021.

Acuerdo Julio 2021 a Junio 2022

Por otra parte, se acordaron las pautas salariales para el período Julio 2021 a Junio 2022 con un incremento de carácter remunerativo del 32%:

- 12% a partir de Julio 2021
- 10% a partir de Noviembre 2021
- 10% a partir de Febrero 2022

Los señalados porcentajes de incremento se aplicarán en forma no acumulativa sobre la base de las escalas de Junio 2021 que incluyen el incremento del 8%.

Sólo podrán absorberse o compensarse los incrementos otorgados desde Julio 2021 con carácter de pago a cuenta.

En otro orden se establece para el período de vigencia del acuerdo un aporte extraordinario de $ 100.- mensuales a OSECAC, a cargo de los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo y afiliados a dicha Obra Social.

Asimismo, se establece para los empleadores una contribución adicional solidaria con destino a OSECAC de $ 300.- por cada trabajador comprendido en el Convenio. 

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