DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP modificó los cuadros del Anexo II de la R.G. 4268 - régimen de facilidades de pago permanente - extendiendo hasta el 31/1/2022 la vigencia transitoria de la cantidad máxima de planes de facilidades de pago admisibles, cantidad de cuotas y tasa de interés de financiamiento, dispuestas en el marco de la emergencia sanitaria originada por el COVID-19.
También suspende hasta el 31/1/2022 la aplicación del tope al monto máximo de las cuotas para los contribuyentes que desarrollen actividades afectadas en forma crítica.