DAE - Información Impositiva On-Line
Se eleva el piso para el pago del Impuesto a las Ganancias para el personal en relación de dependencia, con aplicación a partir de los haberes devengados a partir del 1 de junio. No pagarán el impuesto los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma $280.792.- mensuales, a cuyo efecto en esos casos se deberá incrementar la deducción especial de modo tal que la ganancia neta sujeta a impuesto sea igual a cero.
Para quienes tengan una remuneración y/o haber bruto mensual superior a $280.792.- y que no exceda $324.182.- La AFIP establecerá una deducción adicional progresiva.
Por su parte, el Sueldo Anual Complementario estará exento para los sujetos cuya remuneración y/o haber bruto no supere la suma de $280.792.- mensuales.