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Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Abril, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:
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La ARCA modificó la R.G. 4003, régimen de retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre rentas percibidas en relación de dependencia.
Se establece que cuando el empleador, por cualquier motivo, no haya practicado la totalidad de las retenciones correspondientes, el sujeto beneficiario de las rentas podrá ingresar las diferencias no retenidas mediante un pago por VEP, no requiriendo en estos casos la inscripción y determinación del impuesto.
Por otra parte, se eleva a $ 150.000.000 el monto de rentas brutas anuales a partir del cual los beneficiarios de las rentas deberán presentar la Declaración Jurada informativa con el detalle de los bienes al 31 de diciembre de cada año.
Dicho monto se aplicará para el ejercicio fiscal 2024, y a partir del ejercicio 2025 se actualizará por IPC.
Quienes hubieran adherido al Régimen Especial de Ingreso sobre los Bienes Personales (REIBP) estarán exentos de presentar la declaración jurada informativa por los períodos fiscales 2024 a 2027.
Finalmente, se prorroga al 9 de mayo de 2025 el plazo para la presentación de la Declaración Jurada anual (F.1359) del período fiscal 2024.
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La ARCA modificó la R.G. 5321, que estableció un régimen de facilidades de pago de carácter permanente, reduciendo el porcentaje del pago a cuenta en los planes por deudas de impuestos anuales, posibilitando así el incremento de la proporción del monto susceptible de financiación.
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Resolución General 5680La ARCA prorrogó hasta el 31 de mayo el plazo para adherir al plan de facilidades de pago establecido por la R.G. 5629, destinado a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, para la regularización de obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de 2024.
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La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña como CONDUCTOR TRACTORISTA, MAQUINISTA DE MÁQUINAS COSECHADORAS Y AGRÍCOLAS QUE SE DESEMPEÑEN EXCLUSIVAMENTE EN LAS TAREAS DE RECOLECCIÓN Y COSECHA DE GRANOS Y OLEAGINOSAS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2025.
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La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, en la suma de $ 99.855 y $ 3.245.240,49, respectivamente, a partir del período devengado mayo de 2025.
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Principales vencimientos del 28/04/25 al 02/05/25
CONCEPTO | 28/04 | 29/04 | 30/04 | 01/05 | 02/05 |
Registro de Operaciones Inmobiliarias | Todos |
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Adjuntamos el acuerdo salarial de URGARA, que establece los siguientes porcentajes de incrementos con carácter remunerativo y acumulativo:
- A partir de febrero de 2025: 2,4%.
- A partir de marzo de 2025: 3,7%.
Para la aplicación de estos incrementos de febrero y marzo deberán efectuarse las respectivas reliquidaciones en recibos aparte, que se abonarán como fecha límite el 25 de abril.
- A partir de abril de 2025: 3%
- A partir de mayo de 2025: 2,5%
- A partir de junio de 2025 se aplicará un incremento no remunerativo del 2%.
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La CNTA Fijó las remuneraciones mínimas para los trabajadores que de manera exclusiva desempeñan tareas de APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2025.
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La ARCA modificó la R.G. 1415, estableciendo que los Remitos que se emitan mediante Sistemas computarizados, electrónicos, electromecánicos o mecánicos -excepto controladores fiscales- podrán exhibirse y resguardarse en formato digital, pudiendo prescindirse de su impresión.
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Principales vencimientos del 21/04/25 al 25/04/25
CONCEPTO | 21/04 | 22/04 | 23/04 | 24/04 | 25/04 |
Monotributo | Todos |
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Libro IVA Digital | 0/1 | 2/3 | 4/5 | 6/7 | 8/9 |
IVA | 0/1 | 2/3 | 4/5 | 6/7 | 8/9 |
SICORE / SIRE |
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| Todos |
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Ingresos Brutos. Convenio Multilateral | 6/7 | 8/9 |
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La CNTA fijó las remuneraciones mínimas del PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2025.
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Resolución General Conjunta 5673
Por resolución conjunta de ARCA y la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, se dispuso que el procedimiento registral y de habilitación de las plantas de acopio y/o procesamiento y/o industrialización de granos y/o derivados granarios, se realizará ahora a través del "Sistema de Información Simplificado Agrícola - SISA".
Las solicitudes de alta, modificación de datos y/o reactivación de plantas que realicen los operadores a través del SISA serán puestos a disposición de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, que será la encargada de resolver las solicitudes en un plazo máximo de 45 días.
El padrón de las plantas habilitadas y con estado vigente obrante en el RUCA será migrado automáticamente al SISA, mientras que las solicitudes que se encuentren en trámite y aquellas que se encuentren suspendidas, deberán solicitar el alta en el SISA.
Las disposiciones de esta resolución entrarán en vigencia el 6 de mayo de 2025.
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Principales vencimientos del 14/04/25 al 18/04/25
CONCEPTO | 14/04 | 15/04 | 16/04 | 17/04 | 18/04 |
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Ganancias | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Ganancias Personas Humanas, Bienes Personales | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Ganancias, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Ingresos Brutos. Convenio Multilateral |
| 0/1/2 | 3/4/5 |
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La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de SEMILLEROS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2025.
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La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de CÓRDOBA, con vigencia a partir del 1° de marzo de 2025.
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