23 de abril de 2025

B.E. 2328 - URGARA. Acuerdo salarial


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Acuerdo Salarial

Adjuntamos el acuerdo salarial de URGARA, que establece los siguientes porcentajes de incrementos con carácter remunerativo y acumulativo:

- A partir de febrero de 2025: 2,4%.
- A partir de marzo de 2025: 3,7%.

Para la aplicación de estos incrementos de febrero y marzo deberán efectuarse las respectivas reliquidaciones en recibos aparte, que se abonarán como fecha límite el 25 de abril.

- A partir de abril de 2025: 3%
- A partir de mayo de 2025: 2,5%
- A partir de junio de 2025 se aplicará un incremento no remunerativo del 2%.

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