25 de julio de 2018

B.E. 1402 - RENATRE. Planes de facilidades

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (RENATRE) 234/18

Resolución (RENATRE) 235/18

El RENATRE estableció un plan de facilidades de pago para las deudas de los empleadores rurales por la contribución mensual a dicho registro y sus accesorios.

Quedan alcanzadas las obligaciones adeudadas al 30/4/2018, estableciéndose distintos grados de quita de intereses resarcitorios, cantidad de cuotas e intereses de financiación, según los montos adeudados.

El nuevo régimen tendrá vigencia desde el 1/5/2018 al 31/12/2018.

Por otra parte, se formaliza una prórroga de los planes de regularización establecidos por la Resolución 78/2018, desde su vigencia original, 31/12/2017 hasta el 30/4/2018, ratificándose los convenios de adhesión suscriptos en el marco de dicha norma.

B.E. 1401 - Domicilio Fiscal Electrónico

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4280

La AFIP reglamenta la constitución del Domicilio Fiscal Electrónico obligatorio para todos los contribuyentes y responsables. 

Tendrá los efectos del domicilio fiscal constituido, siendo válidas y plenamente eficaces las citaciones, requerimientos, liquidaciones, intimaciones, emplazamientos, avisos, anuncios, comunicados, etc. de cualquier naturaleza dirigidos por la AFIP a dicho domicilio electrónico.

El servicio “Domicilio Fiscal Electrónico” operará en el sitio “web” institucional de la AFIP donde, además, deberá informarse una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular.

Para quienes ya hubieran constituido el domicilio fiscal electrónico e informado dirección de correo electrónico y teléfono con anterioridad, los mismos quedarán confirmados sin necesidad de realizar nuevamente el trámite.

Quienes aún no lo hubieran constituido, y no se encuentren obligados con anterioridad, deberán cumplir con la obligación hasta el día 30 de noviembre de 2018, inclusive.

19 de julio de 2018

B.E. 1400 - Trabajo Agrario. Salarios. Granos. Córdoba

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 61/18

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la manipulación y almacenamiento de granos en la Provincia de Córdoba, con vigencia del 1/3/2018 al 28/2/2019.

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 23/07/18 al 27/07/18
CONCEPTO
23/07
24/07
25/07
26/07
27/07
IVA
D.J. Junio
6-7 8-9      
Información Compras y Ventas
D.J. Junio
6-7 8-9      
SICORE
Pago a cuenta 1ra. quincena
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Ganancias y Bienes Personales
Presentación D.J. Anual 2017
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Registro de Operaciones Inmobiliarias
Información Junio
      Todos  
Empleados. Ganancias y Bienes Personales
Declaración Jurada Informativa 2017
        Todos

16 de julio de 2018

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 16/07/18 al 20/07/18
CONCEPTO
16/07
17/07
18/07
19/07
20/07
Ganancias
D.J. Ejercicios Febrero/18
4-5-6 7-8-9      
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Febrero/18
4-5-6 7-8-9      
Ganancias, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
Anticipos
4-5-6 7-8-9      
IVA
D.J. Junio
    0-1 2-3 4-5
Información Compras y Ventas
D.J. Junio
    0-1 2-3 4-5
Autoimpresores
Información Junio
Todos        
Monotributo
Pago Julio
        Todos
Monotributo
Recategorización semestral
        Todos
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Junio
0-1-2 3-4-5 6-7 8-9  

11 de julio de 2018

B.E. 1399 - Régimen de garantías

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4274

La AFIP establece modificaciones al régimen de garantías para el resguardo de obligaciones fiscales, entre las que se destaca la constitución de garantías con anterioridad a la adhesión a un plan de facilidades de pago.

10 de julio de 2018

B.E. 1398 - Contribuciones regímenes diferenciales

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 633/2018

El Poder Ejecutivo estableció que a partir del mes devengado septiembre de 2018 será obligatoria la contribución patronal adicional del 2% respecto de los trabajadores de las actividades comprendidas en los regímenes jubilatorios diferenciales. El Anexo del Decreto comentado enumera los regímenes alcanzados.

Por otra parte, el mismo decreto ordena que el Ministerio de Trabajo no homologará acuerdos convencionales que establezcan el pago de sumas de naturaleza salarial a las que las partes pretendan otorgarle carácter "no remunerativo".

5 de julio de 2018

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 09/07/18 al 13/07/18
CONCEPTO
09/07
10/07
11/07
12/07
13/07
Autónomos
Aportes Junio

7-8-9       
Empleadores
D.J. Junio
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  
SICORE
D.J. Junio
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  
Ganancias Personas Físicas y Bienes Personales
Presentación D.J. Anual 2017
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Ganancia Mínima Presunta. Empresas y explotaciones unipersonales cuyos cierres coincidan con el año calendario, personas físicas titulares de inmuebles rurales
Presentación D.J. Anual 2017
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Febrero/18
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Ganancias
D.J. Ejercicios Febrero/18
        0-1-2-3
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Febrero/18
        0-1-2-3
Ganancias, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
Anticipos
        0-1-2-3

B.E. 1397 - Feria fiscal de invierno

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4272

La AFIP establece como período de feria fiscal de invierno los días 10 al 20 de julio de 2018.

3 de julio de 2018

B.E. 1396 - Entre Ríos. Ingresos Brutos. Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 10.591

Por la Ley 10.591, reglamentada por la Resolución 76/18 del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas se estableció un Régimen de Incentivo a la Competitividad para industrias que no tengan otros beneficios de promoción industrial. Entre los requisitos para acceder al régimen las empresas beneficiarias deben tener una planta de personal no menor al 90% de la planta promedio de los años 2015 y 2016.

El beneficio consistirá en un bono de crédito fiscal para ser imputado al pago de impuestos provinciales, por un importe equivalente a las inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura que hayan realizado o realicen en la Provincia durante 2017 y 2018. El monto del beneficio en bonos de crédito fiscal será como máximo el incremento de la carga tributaria del año 2018 respecto de 2017, por Ingresos Brutos y Aportes Ley 4035.

En otro orden, en la misma ley se establecen otras modificaciones al Código Fiscal y la Ley Impositiva, entre las que destacamos las siguientes.

Las exenciones de los ingresos de la actividad primaria no alcanzan a la comercialización de los productos al por menor, ni los que se comercialicen luego de ser sometidos a procesos de transformación.

Se introducen modificaciones a las alícuotas del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. Entre ellas:
La comercialización de bienes usados cuando deba tributarse por diferencia entre los precios de compra y de venta estará gravada al 6%.
Las actividades de intermediación en general queda gravada al 6%.
Los productos agropecuarios, forestales, de la pesca y minería, incluido Agroquímicos, fertilizantes, semillas, plantines, yemas, vacunas, medicamentos y alimentos para animales, cuando sean destinados al sector primario, pagarán el 2,6%.

B.E. 1395 - Convenios de Corresponsabilidad Gremial. Información

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4270

La AFIP reglamentó la forma en que los agentes de recaudación de los Convenios de Corresponsabilidad Gremial deben informar a ese organismo sobre las obligaciones adeudadas por los empleadores obligados al ingreso de la tarifa sustitutiva correspondiente.

La R.G. 4135 estableció que transcurridos 30 días corridos desde el vencimiento del plazo para efectuar el ingreso de la última cuota correspondiente a cada ciclo productivo sin que se hubiese abonado la totalidad de la tarifa sustitutiva, la institución que actúe como agente de retención, percepción y/o recaudación deberá intimar al productor para que efectúe el ingreso de los montos adeudados con los intereses resarcitorios; y transcurridos 30 días corridos desde la fecha de notificación de la intimación sin que el empleador hubiera regularizado su situación, el agente de retención, percepción y/o recaudación deberá informar a la AFIP sobre las obligaciones adeudadas.

A tal efecto deberá generar el F. 2068 en archivo de formato de texto plano de acuerdo al diseño de registro que consta en el Anexo de la resolución adjunta, y presentarlo a la AFIP mediante transferencia electrónica de datos hasta el quinto día hábil posterior a aquel en que se hayan cumplido el plazo de 30 días corridos desde la fecha de notificación de la intimación sin que el empleador.

La norma comentada regirá desde el 1 de septiembre de 2018.

2 de julio de 2018

Circulares Mensuales

DAE - Información Impositiva y Laboral

En el Indice de Circulares de nuestro sitio web incorporamos los enlaces a las Circulares Impositiva y Laboral, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias, publicadas durante el mes de Junio.

(En el Indice de Circulares haga click en los enlaces "Impuestos" y "Laboral" para descargar las Circulares en formato "pdf".)

B.E. 1394 - Nuevo régimen de facilidades de pago permanente

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4268

La AFIP reformula el régimen permanente de facilidades de pago reemplazando la R.G. 3827.

El nuevo régimen que comprende a las obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, sus intereses resarcitorios y multas, así como las multas y cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación, operará por el nuevo sistema "Mis Facilidades" en el sitio web de la AFIP.

Se excluyen del régimen, entre otros conceptos, las retenciones y percepciones (excepto para sujetos alcanzados por el estado de emergencia o desastre), anticipos y pagos a cuenta, el IVA de las Micro y Pequeñas Empresas con el beneficio de pago diferido, aportes y contribuciones para obra social, ART y RENATRE.

Las condiciones de los planes, que se detallan en el Anexo de la resolución comentada, variarán en cantidad de planes, plazos de pago y tasas de interés, en función de distintos parámetros que incluyen el perfil de riesgo del contribuyente, la caracterización del contribuyente como Micro y Pequeña Empresa, su situación en emergencia o desastre, la evaluación de ingresos del contribuyente y las garantías ofrecidas.

29 de junio de 2018

B.E. 1393 - Instituto de Capacitación Agropecuario (INCAGRO)

DAE - Información Impositiva y Laboral

A partir del 1 de Junio de 2018 rige la obligación de efectuar la contribución patronal con destino al Instituto de Capacitación Agropecuario (INCAGRO).

Recordamos que la creación de dicho Instituto fue acordado en el año 2014 por las partes firmantes del Convenio de Comercio - Rama Cereales, con el objetivo de promover la capacitación de los empleados y personal jerárquico de las empresas del sector, estableciéndose que el mismo se financiaría con una contribución patronal del 1% de los salarios básicos correspondiente a la categoría Maestranza A inicial del personal comprendido en el Convenio de Comercio - Rama Cerealera.

El pago de la contribución debe efectuarse a mes vencido por lo que la primera obligación correspondiente al mes de junio vencerá el próximo 16 de julio.

La Cooperativa deberá registrarse en el sitio web del INCAGRO (www.incagro.org.ar), suministrar los datos correspondientes y seguir las instrucciones para efectuar los pagos.

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 02/07/18 al 06/07/18
CONCEPTO
02/07
03/07
04/07
05/07
06/07
Autónomos
Aportes Junio
      0-1-2-3 4-5-6

22 de junio de 2018

B.E. 1392 - Sistema Declaración en Línea

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4265

La AFIP amplía la utilización obligatoria del Sistema "Declaración en Línea" para confeccionar las declaraciones juradas de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social.

Para el período devengado Julio de 2018 será obligatorio para los empleadores con hasta 2.000 trabajadores, y será optativa para quienes tengan entre 2.001 y 2.050 trabajadores.

A partir del período devengado Agosto de 2018 será obligatorio para todos los empleadores.

21 de junio de 2018

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 25/06/18 al 29/06/18
CONCEPTO
25/06
26/06
27/06
28/06
29/06
IVA
D.J. Mayo
8-9        
Información Compras y Ventas
D.J. Mayo
8-9        
SICORE
Pago a cuenta 1ra. quincena
7-8-9        
Registro de Operaciones Inmobiliarias
Información Mayo
  Todos      

15 de junio de 2018

B.E. 1391 - Obligaciones en ejecución fiscal

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4262

La AFIP estableció los procedimientos por los cuales los contribuyentes que sufran medidas cautelares trabadas en juicios de ejecución fiscal, podrán cancelar las obligaciones reclamadas con las fondos embargados.

El procedimiento podrá hacerse por el sistema Cuentas Tributarias, o con intervención del representante del Fisco.

14 de junio de 2018

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 18/06/18 al 22/06/18
CONCEPTO
18/06
19/06
20/06
21/06
22/06
IVA
D.J. Mayo
0-1 2-3   4-5 6-7
Información Compras y Ventas
D.J. Mayo
0-1 2-3   4-5 6-7
SICORE
Pago a cuenta 1ra. quincena
      0-1-2-3 4-5-6
Monotributo
Pago Junio
      Todos  
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Mayo
3-4-5 6-7   8-9  

12 de junio de 2018

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 11/06/18 al 15/06/18
CONCEPTO
11/06
12/06
13/06
14/06
15/06
Ganancias Personas Físicas, Bienes Personales
Ingreso saldo D.J. 2017
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  
Ganancia Mínima Presunta (Empresas y explotaciones unipersonales cuyos cierres coincidan con el año calendario, personas físicas titulares de inmuebles rurales)
Ingreso saldo D.J. 2017
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  
Ganancia Mínima Presunta (Sociedades y demás responsables)
D.J. Ejercicios Diciembre/17
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Enero/18
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Ganancias Personas Jurídicas
D.J. Ejercicios Enero/18
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Ganancia Mínima Presunta (Sociedades y demás responsables)
D.J. Ejercicios Enero/18
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
Ganancias Personas Jurídicas, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
Anticipos
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
SICORE
D.J. Mayo
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Empleadores
D.J. Mayo
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Autoimpresores
Información Mayo
        Todos
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Mayo
        0-1-2

8 de junio de 2018

B.E. 1390 - Ganancias. Retenciones al Personal. Pluriempleo

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP)4261

La AFIP establece una excepción para los sujetos comprendidos en el régimen de retenciones del Impuesto a las Ganancias sobre las rentas del trabajo personal en relación de dependencia y otras rentas con situación de pluriempleo.

Como se sabe, dichos sujetos están obligados a presentar la declaración jurada anual del impuesto y liquidar las diferencias resultantes, cuando no se les haya retenido sobre el total de sus ganancias por no haber informado a su agente de retención los ingresos provenientes de otros empleadores, o porque habiéndolos informado su agente de retención no los hubiera tenido en cuenta.

Sin embargo, para el período fiscal 2017, la AFIP exime a los sujetos que se encuentren en dichas condiciones de la obligación de presentar la declaración jurada de Ganancias por el régimen general.

De todos modos, deberán calcular e ingresar las diferencias de impuestos que no se les haya retenido, directamente mediante VEP (Volante Electrónico de Pago) con los códigos 011-043-043. Tendrán plazo para el ingreso hasta el día 22 de junio de 2018.

Además, deberán cumplimentar la declaración jurada informativa de ganancias prevista por el Art. 14 inciso b) de la R.G. 4003, aun cuando sus rentas en 2017 no hayan alcanzado $ 1.000.000.- previsto por dicha norma, cuyo vencimiento especial para este año ha sido fijado para el 27 de julio.

B.E. 1389 - Adecuación de acuerdos salariales

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 508/18

El Poder Ejecutivo estableció un "Régimen Simplificado Voluntario de Adecuación de la Negociación Colectiva Salarial año 2018".

Los sectores que hayan celebrado acuerdos salariales durante el transcurso del presente año, o con efecto en el presente año hasta el día de la fecha, podrán acceder a este régimen para adicionar un incremento del 5% para el trimestre inmediato posterior a la suscripción del acuerdo. 

Este incremento será no acumulativo y de carácter remunerativo y podrá pactarse hasta 2.5% de incremento mensual y en 2 cuotas.

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social establecerá un procedimiento simple para que las partes de cada convenio accedan a este régimen, quedando facultado para dictar las normas complementarias. Asimismo, establecerá una adecuación salarial similar para el Régimen de Trabajo Agrario y para el Personal de Casas Particulares.

5 de junio de 2018

B.E. 1388 - PYMES. Categorización

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (SEPYME) 215/18

La SEPYME modifica la Resolución 340/17, referida a las condiciones para el encuadramiento como PYME.

Se especifica que el parámetro de personal ocupado, introducido recientemente por la modificación establecida por la Resolución 154/18, resulta aplicable solamente a las empresas cuyas ventas totales anuales corresponda al menos en un 70% a las actividades de comisión y/o consignación y agencias de viajes.

Se establece que las citadas empresas intermediarias tomarán en consideración para su categorización como PYMES exclusivamente los límites del personal ocupado y del valor de los activos.

4 de junio de 2018

B.E. 1387 - Acuerdo Salarial Comercio - Rama Cereales

DAE - Información Impositiva y Laboral

Acuerdo Salarial

Adjuntamos el texto de los acuerdos salariales del Convenio de Comercio, Rama Cereales.

En primer lugar se establece un incremento del 5% sobre las escalas de las remuneraciones básicas, que se calculará sobre las remuneraciones vigentes a junio de 2018. Este incremento tendrá carácter remunerativo y se aplicará en forma no acumulativa en un 2,5% desde mayo y un 2,5% desde junio.

Por otra parte, se pacta el acuerdo anual que regirá desde el 1 de julio de 2018 hasta el 30 de junio de 2019, sin perjuicio del compromiso de las partes de reunirse en febrero de 2019 para evaluar posibles variaciones.

En este acuerdo se establece un incremento del 15% que se calculará sobre los valores vigentes al 30 de junio de 2018, que se abonará con carácter remunerativo y se aplicará de forma no acumulativa un 10% desde julio de 2018 y un 5% desde noviembre de 2018.

B.E. 1386 - Asignaciones Familiares. Montos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (ANSES) 89/18

La ANSES estableció los rangos y montos de las Asignaciones Familiares y Universales contempladas en la Ley N° 24.714, sus modificatorias y complementarias a partir de junio de 2018.

B.E. 1385 - Aportes y Contribuciones. Topes

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (ANSES) 88/18

La ANSES fijó los montos mínimos y máximo de las bases imponibles para el cálculo de los aportes y contribuciones a la seguridad social en $ 2.816,14 y $ 91.253,41, respectivamente, que regirán a partir del período devengado Junio de 2018.

3 de junio de 2018

Circulares Mensuales

DAE - Información Impositiva y Laboral

En el Indice de Circulares de nuestro sitio web incorporamos los enlaces a las Circulares Impositiva y Laboral, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias, publicadas durante el mes de Mayo.

(En el Indice de Circulares haga click en los enlaces "Impuestos" y "Laboral" para descargar las Circulares en formato "pdf".)

1 de junio de 2018

B.E. 1384 - Ganancias y Bienes Personales. Prórroga

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4258

La AFIP prorrogó los plazos para las presentaciones de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales del período fiscal 2017 para personas humanas y sucesiones indivisas.

Las presentaciones podrán efectuarse hasta los días 11, 12 y 13 de julio, según el número de CUIT.

Hasta las mismas fechas se prorroga también la presentación de las declaraciones juradas del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

Cabe aclarar que la prórroga alcanza sólo a la presentación de las declaraciones juradas y no al pago de los saldos resultantes.

Los beneficiarios de las rentas comprendidas las R.G. 4003 (trabajadores en relación de dependencia y otras rentas) y 2442 (actores) podrán presentar las declaraciones juradas informativas hasta el 27 de julio.

31 de mayo de 2018

B.E. 1383 - Remito Electrónico Cárnico

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4256

La AFIP establece el uso obligatorio del “Remito Electrónico Cárnico” como único documento válido para amparar el traslado en la República Argentina de carnes y subproductos derivados de la faena de hacienda de las especies bovinas/bubalinas y porcinas, a partir del 1/9/2018.

B.E. 1382 - Facilidades de pago. Zonas en emergencia

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4255

La AFIP introduce modificaciones a la R.G. 3827 - Régimen Permanente de Facilidades de Pago, incorporando facilidades especiales para sujetos que se encuentren alcanzados por los beneficios acordados a zonas declaradas en estado de desastre y/o emergencia.

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 04/06/18 al 08/06/18
CONCEPTO
04/06
05/06
06/06
07/06
08/06
Autónomos
Aportes Abril
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  

30 de mayo de 2018

B.E. 1381 - Buenos Aires. Hacienda y carne porcina. Pago a cuenta

DAE - Información Impositiva y Laboral

Disposición Normativa 22/18

ARBA implementó un régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, sobre la operatoria con hacienda y carne porcina, que deberá ser liquidado e ingresado conjuntamente con el pago a cuenta del IVA dispuesto por la R.G. -AFIP- 4199, y que regirá desde el 1/6/2018.


Estarán obligados al pago a cuenta los establecimientos faenadores, los consignatarios de carne y hacienda y en general los usuarios del servicio de faena.


29 de mayo de 2018

B.E. 1380 - Comercialización de haciendas y carnes porcinas. Registro. Pagos a cuenta

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General Conjunta 4251 y 20/18
Resolución General Conjunta 4252 y 21/18

Por Resoluciones Conjunta de la AFIP, el Ministerio de Agroindustria y la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, esta última adhiere a la Resolución Conjunta 4168, por la que se estableció la habilitación on-line de la Autorización de Faena de hacienda porcina, una vez verificado el ingreso de los pagos a cuenta del IVA establecidos por la Resolución General 4199.

ARBA establecerá un régimen de pago a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los mismos sujetos alcanzados por los pagos a cuenta del IVA, a los efectos de unificar las obligaciones de información y pago de los citados tributos.

La agencia de recaudación provincial informará a la AFIP el padrón de los contribuyentes que resulten alcanzados por el pago a cuenta de Ingresos Brutos, a la vez que dicha información se incorporará al Registro Fiscal de Operadores de Hacienda y Carnes Porcinas implementado por la Resolución de la AFIP 4199.

B.E. 1379 - Comercialización de haciendas y carnes porcinas. Comprobantes electrónicos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4250

La AFIP modificó la R.G. 3964, que estableció el uso obligatorio de comprobantes electrónicos de liquidación para la compra-venta de hacienda y/o venta en consignación de carne bovina y/o bubalina, incorporando la misma obligación de emisión de comprobantes electrónicos en la operatoria con haciendas y carnes porcinas.

24 de mayo de 2018

B.E. 1378 - Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA)

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General Conjunta 4248

Por Resolución Conjunta del Ministerio de Agroindustria, el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, el Instituto Nacional de Semillas y la Administración Fedederal de Ingresos Públicos, se crea el Sistema de Información Simplificado Agrícola (SISA) que unificará los registros y regímenes informativos relacionados con la producción y comercialización de granos y semillas.

En un principio el SISA comprenderá a los siguientes registros:

- Registro Fiscal de Operadores en la Compraventa de Granos y Legumbres Secas (REFOG - R.G. -AFIP- 2300)
- Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas (TIRE - R.G. -AFIP- 4096)
- Padrón de Productores de Granos Monotributistas (PPGM - R.G. -AFIP- 2504)
- Régimen Informativo de Capacidad Productiva y Producción (R.G. -AFIP- 2750)
- Registro Nacional Sanitario (RENSPA - Resolución -SENASA- 423/14)
- Registro de Usuario de Semilla (RUS - Resoluciones -INASE- 80/07 y 579/17)
En el futuro podrán agregarse otros registros y regímenes informativos que dispongan los organismos intervinientes.

La inscripción en el SISA será obligatoria y gratuita para los sujetos comprendidos en el mismo y el sistema operará en el sitio web de la AFIP. 

El estado inicial se conformará con la información suministrada por los sujetos comprendidos y la obrante en las bases de datos de los organismos involucrados. Contará con un mecanismo de “Scoring” para evaluar la conducta fiscal  fin de administrar beneficios fiscales conforme a la calificación obtenida.

En un plazo de 60 días los organismos intervinientes deberán reglamentar los aspectos del sistema relacionados con sus respectivas competencias, y especialmente la AFIP determinará los requisitos y condiciones para integrar el SISA.

Vencimientos

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Principales vencimientos del 28/05/18 al 01/06/18
CONCEPTO
28/05
29/05
30/05
31/05
01/06
Registro de Operaciones Inmobiliarias
Información Abril
Todos        

21 de mayo de 2018

B.E. 1377 - Buenos Aires. Ingresos Brutos. Exención Cooperativas

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Disposición Normativa (ARBA) 19/18

ARBA dictó la normativa complementaria de las modificaciones dispuestas por la Ley 15007 en el tratamiento de las Cooperativas, con vigencia desde el 1/1/18.

Como informamos en su momento, la citada ley cambió el tratamiento de la operatoria de las cooperativas con sus asociados, tratada cono "no alcanzada" en el Art. 186 inciso f) del C.F., a "exenta" reproduciendo el mismo texto en el Art. 207 inciso f).

ARBA establece ahora que las Cooperativas deberán tramitar el reconocimiento de dicha exención, de acuerdo al procedimiento de la D.N. 29/07. El trámite debe iniciarse por Internet en la web de ARBA, y luego presentar en la agencia correspondiente la documentación que se indicará al momento de finalizar el trámite en línea.

Por otra parte, se establece un régimen de información por el cual las Cooperativas deberán suministrar anualmente información sobre sus actividades mediante declaración jurada que se presentará a través del sitio web de ARBA.

El ANEXO II de la Disposición que comentamos detalla la información a suministrar por el ejercicio fiscal 2017, la que deberá presentarse con vencimiento el 15 de junio de 2018.

En el ANEXO I se detalla la información a suministrar anualmente a partir de la correspondiente al ejercicio fiscal 2018. La información de cada ejercicio fiscal deberá presentarse hasta el 10 de mayo del año siguiente.

Agregamos que en la misma Disposición comentada se establecen normas complementarias respecto de la exención para Cooperativas de Trabajo.

18 de mayo de 2018

B.E. 1376 - Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs. Reglamentación

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Decreto 471/2018

El Poder Ejecutivo reglamentó la Ley 27.440, Ley de Financiamiento Productivo que, entre otras disposiciones, estableció el Régimen de Factura de Crédito Electrónica MiPyMEs.

Respecto de este régimen, destacamos que se designa como autoridad de aplicación del mismo al Ministerio de Producción, el cual establecerá el cronograma de aplicación del régimen para cada uno de los sectores de la economía, sin perjuicio las facultades de la AFIP, que deberá implementar los aspectos operativos del régimen.

17 de mayo de 2018

Vencimientos

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Principales vencimientos del 21/05/18 al 25/05/18
CONCEPTO
21/05
22/05
23/05
24/05
25/05
IVA
D.J. Abril
2-3 4-5 6-7 8-9  
Información Compras y Ventas
D.J. Abril
2-3 4-5 6-7 8-9  
CITI Ventas - R.G. 1575
1er. Cuatrimestre
4-5-6 7-8-9      
SICORE
Pago a cuenta 1ra. quincena
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Monotributo
Pago Mayo
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