31 de julio de 2015

Circulares mensuales

DAE - Información Impositiva y Laboral

En el Indice de Circulares de nuestro sitio web incorporamos los enlaces a las Circulares Impositiva y Laboral, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias, publicadas durante el mes de Julio.

(En el Indice de Circulares haga click en los enlaces "Impuestos" y "Laboral" para descargar las Circulares en formato "pdf".)

30 de julio de 2015

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 03/08/15 al 07/08/15


CONCEPTO
03/08/15
04/08/15
05/08/15
06/08/15
07/08/15
Autónomos. Aportes Julio/15
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9
Empleadores Aportes y contribuciones Julio/15
0-1

28 de julio de 2015

B.E. 1095 - Incentivo Fiscal Bienes de Capital. Prórroga

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1424/15

Prorrogan hasta el 31/12/2015 el Régimen de Incentivo Fiscal para los fabricantes de bienes de capital, establecido por el Dto. 379/01.

B.E. 1094 - Convenio Multilateral. Número de inscripción

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (CACM) 3/15

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral establece que a partir del 1 de noviembre de 2015 la única identificación de los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos sujetos al Convenio Multilateral será el número de CUIT otorgado por la AFIP más los 3 dígitos que identifican a la jurisdicción sede.

24 de julio de 2015

B.E. 1093 - Salario Mínimo, Vital y Móvil. Modificación

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNEPSMVM) 4/15

Fijan nuevos montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil:

- A partir del 1 de Agosto de 2015: $ 5.558.- para los trabajadores mensualizados con jornada legal completa; y $ 27, 94 para los trabajadores jornalizados;

A partir del 1 de Enero de 2016: $ 6.060.- para los trabajadores mensualizados con jornada legal completa; y $ 30.30 para los trabajadores jornalizados.

23 de julio de 2015

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 27/07/15 al 31/07/15


CONCEPTO
27/07/15
28/07/15
29/07/15
30/07/15
31/07/15
Participaciones Societarias. Información anual 31/12/2014
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9
Registro de Operaciones Inmobiliarias. Información Junio/15
Todos





18 de julio de 2015

B.E. 1092 - IVA por actividad. Aclaraciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Atentos a las consultas que recibimos sobre el tema del título, consideramos oportuno recordar que a partir del corriente mes de julio rige la obligación de presentar la declaración jurada del IVA por el sistema en línea "Mis Aplicaciones Web", según lo dispuesto por la R.G. 3711 del 21/1/2015. 

La obligación resulta de aplicación respecto de las declaraciones juradas —originarias o rectificativas— que se presenten a partir del día 1 de julio de 2015, por lo tanto, queda alcanzada la declaración jurada de junio 2015.

La declaración jurada web (F.2002) implica desagregar los débitos fiscales de cada una de las actividades declaradas y su apertura según la alícuota que corresponda en cada caso.

Están obligados todos los sujetos cuyas declaraciones juradas NO requieran el ingreso de datos específicos ni tengan alguna de las siguientes particularidades:

a) Empresas promovidas.
b) Proveedores de empresas promovidas.
c) Contribuyentes que realicen operaciones de exportación.
d) Responsables que soliciten reintegros por operaciones de bienes de capital.
e) Sujetos con "Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias". (Destacamos este punto en especial, que se refiere a los sujetos que deban informar reintegros de retenciones de IVA sobre granos, R.G. 2300).
f) Sujetos adheridos al "Régimen Agropecuario con Pago Anual".
g) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley Nº 25.080 y su modificación - Inversiones para bosques cultivados.
h) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley Nº 26.093 - Régimen de regulación y promoción para la producción y uso sustentables de biocombustibles.
i) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley Nº 26.190 - Régimen de fomento nacional para el uso de fuentes renovables de energía destinadas a la producción de energía eléctrica.
j) Sujetos alcanzados por los beneficios de la Ley Nº 26.566 - Actividades que permitan concretar la extensión de la vida de la Central Nuclear Embalse.

Los sujetos que estén comprendidos en alguno de los puntos señalados deben continuar confeccionando la declaración jurada F.731 por el aplicativo bajo la plataforma SIAP.

Todos los demás sujetos, que no presenten ninguna de estas particularidades, deben confeccionar la declaración jurada F.2002 por el sistema en línea "Mis Aplicaciones Web". Aclaramos que en estos casos no es necesario presentar el F.731, sino solamente la declaración jurada vía web.

17 de julio de 2015

B.E. 1091 - Asignaciones Familiares. Movilidad

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27.160

Se establece que las Asignaciones Familiares serán móviles, aplicándose el mismo índice de la movilidad previsional dispuesto por la Ley 24.714.
Se actualizarán los montos de las asignaciones y los rangos de ingresos del grupo familiar que determinan su cobro.
La movilidad se aplicará a partir de las asignaciones de marzo de 2016.
Por otra parte, se establece que quien cobre las asignaciones familiares no podrá a la vez aplicar la deducción por hijo o cónyuge en el Impuesto a las Ganancias.

16 de julio de 2015

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 20/07/15 al 24/07/15


CONCEPTO
20/07/15
21/07/15
22/07/15
23/07/15
24/07/15
Ganancia Mínima Presunta. D.J. Ejercicios Febrero/15
8-9




IVA. D.J. Junio/15
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9
Información Compras y Ventas. Marzo/15 y Abril/15
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9
SICORE. 1ra. quincena Julio/15

0-1-2-3
4-5-6
7-8-9

Monotributo. Pago Julio/15
Todos





10 de julio de 2015

B.E. 1090 - Feria fiscal de invierno

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3790

La AFIP establece la feria fiscal de invierno del 13 al 24 de julio de 2015.

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 13/07/15 al 17/07/15


CONCEPTO
13/07/15
14/07/15
15/07/15
16/07/15
17/07/15
Empleadores. Aportes y contribuciones Junio/15
6-7
8-9



SICORE. Retenciones y percepciones Julio/15
7-8-9




Ganancias. D.J. Ejercicios Febrero/15
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa. D.J. Ejercicios Febrero/15
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9
Ganancia Mínima Presunta. D.J. Ejercicios Febrero/15

0-1
2-3
4-5
6-7
Ganancias. Fondo Educ. y Prom. Cooperativa. Ganancia Mínima Presunta. Anticipos
0-1-2-3
4-5-6
7-8-9


Autoimpresores. Información Junio/15


Todos


Ingresos Brutos. Convenio Multilateral. Anticipo Junio/15
0-1
2-3
4-5
6-7
8-9

3 de julio de 2015

B.E. 1089 - Impuesto a los automotores. Nuevos valores

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1243/15

El Poder Ejecutivo modifica los valores a considerar para la aplicación del Impuesto Interno sobre los automotores de alta gama establecido por la Ley 26.929.

Los vehículos y motores gasoleros no pagarán el impuesto cuando su precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales, sea igual o inferior a $ 225.000.- y cuando superen dicha suma pagarán un gravamen del 10%.

Los demás automotores, excepto motos, embarcaciones y aeronaves, estarán exentos cuando su precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales no supere los $ 225.000.- y estarán gravados con el 30% los que superen los $ 225.000.- y hasta $ 278.000.-; en tanto los que superen este monto tributarán el 50%.
Las citadas alícuotas del 30% y 50% se reducirán al 10% y 30%, respectivamente, cuando se trate de bienes de producción nacional.

Las motos estarán exentas hasta un precio de $ 39.700.- y estarán gravados con el 30% los que superen los $ 39.700.- y hasta $ 71.000.-; en tanto los que superen este monto tributarán el 50%.
Las citadas alícuotas del 30% y 50% se reducirán al 10% y 30%, respectivamente, cuando se trate de bienes de producción nacional.

Las embarcaciones para recreo y motores fuera de borda estarán exentos hasta un precio de $ 154.000.-; tributarán el 30% cuando su precio supere los $ 177.000.- hasta $ 313.000.-; y tributarán el 50% cuando superen ese valor.
Las citadas alícuotas del 30% y 50% se reducirán al 10% y 30%, respectivamente, cuando se trate de bienes de producción nacional.

Las aeronaves para recreo o deportes no pagarán cuando su precio no supere los $ 225.000.- y pagarán el 50% cuando superen ese monto.

Los valores indicados regirán desde el 1/7/2015 hasta el 31/12/2015.

2 de julio de 2015

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 06/07/15 al 10/07/15


CONCEPTO
06/07/15
07/07/15
08/07/15
09/07/15
10/07/15
Autónomos. Aportes Junio/15
2-3
4-5
6-7

8-9
Empleadores. Aportes y contribuciones Junio/15

0-1
2-3

4-5
SICORE. Pago a cuenta 1ra. quincena Julio/15


0-1-2-3

4-5-6

1 de julio de 2015

B.E. 1088 - Factura Electrónica. Publicación de la AFIP

DAE - Información Impositiva y Laboral

Transcribimos el texto de la nota publicada por la AFIP en su sitio "Diálogo Fiscal" respecto de la vigencia de la generalización de la Factura Electrónica, que rige formalmente a partir de la fecha.

Por nuestra parte, destacamos que no obstante el comunicado que transcribimos abajo, no se ha publicado hasta el momento ninguna norma que formalice una prórroga para aquellos que no la hayan solicitado por el sitio web de la AFIP de acuerdo a lo establecido por el Art. 8 de la R.G. 3749. 

"Panorama Fiscal

MARTES 30 DE JUNIO DEL 2015

La Factura Electrónica se generaliza mañana a todos los Responsables Inscriptos en IVA
Hasta el 1° de octubre se contemplarán todas las situaciones planteadas por los contribuyentes en las que se informen dificultades para cumplir en término, aún cuando las mismas no hayan sido informadas por la ventana de diálogo prevista en la normativa.

Asimismo, la AFIP aclaró que hasta el 1° de octubre se contemplarán todas las situaciones planteadas por los contribuyentes en las que se informen dificultades para cumplir en término, aún cuando las mismas no hayan sido informadas por la ventana de diálogo prevista en la normativa.

En ese mismo sentido destaca que la generalización del uso de factura Electrónica, lejos de enfrentar a las compañías con sus proveedores, favorecerá la relación, simplificando y agilizando la operatoria comercial entre las partes.


En consecuencia, hasta tanto los sujetos obligados implementen definitivamente la herramienta, mantienen plena vigencia y validez los comprobantes que se emitan en soporte papel."

Fuente: http://www.dialogofiscal.gob.ar/panoramaFiscal/FacturaElectronicaRI.aspx


B.E. 1087 - Exteriorización de Moneda Extranjera. Prórroga

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1232/15

Prorrogan por tres meses calendario a partir del 1° de julio de 2015 los plazos previstos en la Ley N° 26.860, de Exteriorización de Moneda Extranjera.

B.E. 1086 - Pequeñas y Medianas Empresas

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (SPYMEDR) 357/15

La secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional actualiza los montos de ingresos anuales a tener en cuenta para la caracterización de las Pequeñas y Medianas Empresas.