30 de diciembre de 2016

Circulares Mensuales

DAE - Información Impositiva y Laboral

En el Indice de Circulares de nuestro sitio web incorporamos los enlaces a las Circulares Impositiva y Laboral, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias, publicadas durante el mes de Diciembre.

(En el Indice de Circulares haga click en los enlaces "Impuestos" y "Laboral" para descargar las Circulares en formato "pdf".)

B.E. 1238 - Ganancias. Retenciones al personal

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3976

La AFIP publica las tablas mensuales de las deducciones personales y la escala del impuesto, para la determinación de las retenciones del Impuesto a las Ganancias al personal en relación de dependencia, aplicables para el período fiscal 2017.

Establece también el procedimiento para repartir la incidencia del sueldo anual complementario. A tal efecto, para determinar el importe a retener en cada mes, a la ganancia bruta de de ese mes, incluidas las retribuciones no habituales abonadas en el mismo, se le adicionará una doceava parte de la suma de tales ganancias en concepto de SAC estimado. En los meses de junio y diciembre, cuando se pague el SAC, no se tendrá en cuenta el mismo para la determinación de la retención; y en la liquidación anual se hará el ajuste que corresponda retener o devolver considerando el SAC real.

B.E. 1237 - D.J. de Ganancias. Nuevo aplicativo

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3973

La AFIP aprueba la Versión 14 del aplicativo "Ganancias Personas Jurídicas" que deberá utilizarse en adelante para la confección de las declaraciones juradas del Impuesto a las Ganancias.

29 de diciembre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 02/01/17 al 06/01/17
CONCEPTO
02/01
03/01
04/01
05/01
06/01
Autónomos
Aportes Diciembre/16
  0-1 2-3 4-5 6-7

B.E. 1236 - Trabajo agrario. Salarios. Granos. Santa Fe

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 214/16

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de manipulación y almacenamiento de granos en la Pcia. de Santa Fe, con vigencia desde el 1 de noviembre de 2016.

B.E. 1235 - Trabajo agrario. Salarios. Maíz y girasol. Santa Fe

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 210/16

La CNTA establece las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en tareas de selección, deschalado y picoteo de maíz y girasol en la Pcia. de Santa Fe, con vigencia desde el 1/11/2016.

B.E. 1234 - Calendario de vencimientos 2017

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3968

La AFIP publicó el calendario de vencimientos para el año 2017.

B.E. 1233 - Biodiesel. Prórroga

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1235/16

Extienden hasta el 31/12/2017 la excepción de los impuestos sobre los combustibles para el biodiesel.

28 de diciembre de 2016

B.E. 1232 - Ganancias. Retenciones al personal. SIRADIG

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3966

A partir del período fiscal 2017 todos los trabajadores en relación de dependencia sujetos al régimen de retención del impuesto a las ganancias establecido por la R.G. 2437 deberán suministrar la información del Formulario 572 al empleador por el sito web de la AFIP, en el servicio SIRADIG.

Excepcionalmente, la información del ejercicio fiscal 2016 podrá presentarse hasta el 31/3/2017, y el agente de retención formulará la liquidación anual hasta el 30/4/2017.

Recordamos que el 31/3/2017 vence el plazo para adherir a los beneficios para contribuyentes cumplidores previstos por la ley de sinceramiento fiscal. Los trabajadores que adhieran al beneficio de exención del impuesto a las ganancias para la primera cuota del SAC 2016 deberán comunicar dicha circunstancia a su empleador a través del SIRADIG, y el empleador realizará el ajuste de las retenciones, si correspondiera, en la liquidación anual. 

27 de diciembre de 2016

B.E. 1231 - Ganancias. Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27.346

Se publica en la fecha la Ley 27.346, que contiene modificaciones a la ley del Impuesto a las Ganancias, al Monotributo y la creación de impuestos al juego y a las operaciones con "dólar futuro". Destacamos a continuación sus principales disposiciones.

GANANCIAS

Deducciones personales
Se incrementan los montos de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial.
Las deducciones por cargas de familia se reducen a cónyuge e hijo/a o hijastro/a menores de 18 años, eliminándose las deducciones de las otras cargas de familia vigentes hasta ahora.
Las montos de las deducciones personales se incrementarán en 22% para las provincias de Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el partido de Patagones de la provincia de Buenos Aires.
Para las jubilaciones, retiros y pensiones el mínimo no imponible y la deducción especial serán reemplazados por una deducción equivalente a 6 veces el haber mínimo garantizado, cuando esta suma sea superior a la suma de las deducciones mencionadas, siempre que los sujetos beneficiarios no tengas otro tipo de ingresos.  

Escala
Se modifica la escala del impuesto, actualizando los valores que determinan los tramos de la escala y las alícuotas, que irán desde el 5% al 35%.

Actualización
Los montos de las deducciones personales y los ramos de la escala serán actualizados anualmente con el índice RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables).

Sueldo anual complementario
La AFIP establecerá un mecanismo de cálculo para repartir la incidencia del SAC en los 12 meses del ejercicio.

Horas extras
Se exime del impuesto la diferencia entre el valor de las horas extras y el de las horas ordinarias, que perciban los trabajadores en los días feriados, inhábiles y fines de semana.
Por su parte, la inclusión de las horas extras que resulten gravadas no podrá ocasionar un aumento en la alícuota aplicable para la determinación del impuesto, ya que la ubicación el tramo de la escala se hará antes de incluir las citadas horas extras.

Viáticos y movilidad
Se podrán deducir los gastos de viáticos y movilidad hasta el monto que fije la AFIP, el que no podrá exceder el 40% del monto fijado como ganancia no imponible.
El el caso del transporte de larga distancia, el tope de la deducción se elevará hasta el monto de la ganancia no imponible.

Alquileres
Podrán deducirse los montos abonados por alquileres de inmuebles para casa habitación, hasta un tope del 40% del monto fijado como ganancia no imponible, siempre que el beneficiario no sea titular de otros inmuebles.

Jueces
Se incorpora como rentas de 4ta categoría las de los magistrados, funcionarios y empleados del Poder Judicial cuyo nombramiento se produzca a partir de 2017.

MONOTRIBUTO

Se modifican las categorías del Monotributo, fijando nuevos valores a los parámetros que determinan las mismas, así como los montos del impuesto integrado y ls cotizaciones previsionales.
Dichos montos serán actualizados anualmente en función del índice de movilidad previsional.
Se establece que los sujetos que hayan sido excluidos del Monotributo durante los últimos 12 meses anteriores a la vigencia de esta ley, por haber superado los parámetros antes vigentes, podrán volver a adherir al Monotributo sin esperar el plazo de 3 años que exige la ley para el reingreso.

IVA

Se incorpora en el IVA la figura del responsable sustituto. Serán considerados como tales los locatarios, prestatarios, representantes o intermediarios de sujetos del exterior que realizan locaciones o prestaciones gravadas en el país, quienes deberán determinar e ingresar el impuesto correspondiente a la operación. El impuesto estará a cargo del responsable sustituto, aún cuando hubiera imposibilidad de retener al sujeto del exterior, y el impuesto ingresado tendrá para el responsable sustituto el carácter de crédito fiscal.

JUEGOS

Se eleva al 41,5% la alícuota del Impuesto a las Ganancias para las rentas derivada de la explotación de juegos de azar, tanto para personas humanas como jurídicas.
A su vez, se crea un impuesto específico sobre la realización de apuestas a través de máquinas electrónicas, y otro impuesto indirecto sobre apuestas on-line.

DOLAR FUTURO

Se establece un impuesto extraordinario del 15% sobre las utilidades de las operaciones financieras especulativas "Dólar Futuro", que alcanzará en el caso de personas jurídicas a las utilidades devengadas en los ejercicios fiscales en curso a la fecha de entrada en vigencia de la ley, y para las personas humanas a las utilidades obtenidas en el año fiscal 2016.

23 de diciembre de 2016

B.E. 1230 - Comercialización de hacienda. Liquidación electrónica

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3964

La AFIP establece que las operaciones de compra-venta de hacienda y/o venta en consignación de carne bovina y/o bubalina deberán instrumentarse mediante comprobantes electrónicos emitidos mediante el servicio web de intercambio de información o mediante el servicio "Comprobantes en Línea".

Los comprobantes que no se emitan en tales condiciones no se considerarán válidos como respaldo documental de las operaciones.

La obligación regirá para las operaciones que se efectúen desde el 1/3/2017.

B.E. 1229 - Comercialización de hacienda. Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3963

La AFIP introduce modificaciones a la R.G. 3873, que regula el registro fiscal y diferentes regímenes de percepción, pagos a cuenta y retención del IVA sobre la producción y comercialización de haciendas y carnes bovinas y bubalinas. Entre otras modificaciones, destacamos las siguientes.

Se redefine el régimen de percepción, estableciendo que los consignatarios y/o comisionistas de hacienda inscriptos en IVA efectuarán la percepción al momento de liquidar la operación de venta de ganado por cuenta y orden de terceros al frigorífico o al usuario de faena, sólo en los casos en que el autorizado consignado en la liquidación para la gestión de la compra de hacienda en pie no se corresponda con el declarado por el adquirente en el Registro Fiscal. La información e ingreso de las percepciones se realizará por el SICORE.

Con respecto a los pagos a cuenta a ingresar por los establecimientos de faena y los usuarios del servicio de faena se calcularán según el número de animales amparados por el Documento de Tránsito Electrónico, y deberán ingresarse antes de la faena, mediante VEP. El pago a cuenta de los consignatarios de carne se liquidará quincenalmente y se ingresará hasta el tercer día hábil siguiente a la finalización de cada período. El importe del pago a cuenta ingresado por los consignatarios directos será atribuido en su totalidad al comitente, a cuyo efecto el consignatario directo deberá informar en el VEP la CUIT del comitente.

Con respecto al régimen de retención, se establece que actuarán como agentes de retención los adquirentes de hacienda en pie con destino a faena y quienes intervengan en tales operaciones como consignatarios/comisionistas, cuando las operaciones se realicen con sujetos no incluidos en el “Registro”. En este caso la retención será el total del IVA de la operación. Cuando los vendedores se encuentren incluidos en el “Registro” no se efectuará retención y los adquirentes o consignatarios/comisionistas deberán depositar el monto total del IVA en la cuenta bancaria informada ante la AFIP. Las retenciones se informarán e ingresarán por el SICORE.

Finalmente, se establece que los regímenes de percepción, pagos a cuenta y retención regirán a partir del 1/3/2017.

22 de diciembre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 26/12/16 al 30/12/16
CONCEPTO
26/12
27/12
28/12
29/12
30/12
Registro de Operaciones Inmobiliarias
Información Noviembre/16
Todos        

B.E. 1228 - "Declaración en Línea". Nuevo texto ordenado

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3960

La AFIP sustituyó la R.G. 2192, que aprobó el sistema “Declaración en línea” para la confección de las declaraciones juradas de los aportes y contribuciones a la seguridad social a través del sitio “web” de la AFIP, reuniendo en un solo cuerpo normativo actualizado las normas vigentes en la materia.

21 de diciembre de 2016

B.E. 1227 - Trabajo Agrario. Asignación extraordinaria

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 205/16

La CNTA fijó una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de $ 2.000.- para el personal permanente de prestación contínua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario en el ámbito de todo el país, la que se abonará en un único pago con las remuneraciones del mes de diciembre de 2016.

La asignación se extiende también al personal que presta servicios en tareas de manipulación y almacenamiento de granos en las provincia de Entre Ríos, La Pampa, Córdoba, Buenos Aires y Santa Fe, entre otras.

No se aplicará la asignación extraordinaria al personal que presta servicios en establecimientos cuya actividad principal sea la lechera, y en aquellos casos en que el empleador posea certificado de emergencia agropecuaria otorgado durante el año 2016.

B.E. 1226 - Ganancias. Segunda cuota del SAC

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3958

La AFIP formula precisiones sobre la aplicación del Decreto 1253/16, respecto de la retención del Impuesto a las Ganancias en la segunda cuota del SAC 2016.

Se aclara que el incremento de la deducción especial prevista en el citado decreto no podrá superar el monto de la ganancia neta de la segunda cuota del SAC 2016.

Por otra parte, dispone que los empleadores que ya hubieran liquidado el SAC sin tener en cuenta el beneficio del Decreto 1253/16, deberán devolver las sumas retenidas de más, en la primera liquidación posterior al día de la fecha.

15 de diciembre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 19/12/16 al 23/12/16
CONCEPTO
19/12
20/12
21/12
22/12
23/12
IVA
D.J. Noviembre/16
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
Información Compras y Ventas
D.J. Noviembre/16
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
Monotributo
Pago Diciembre/16
  Todos      
SICORE
Pago a cuenta 1ra. quincena
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9

B.E. 1225 - LCT. Modificación. Indemnizaciones anteriores

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27.325

Se modifica el Art. 255 de la Ley de Contrato de Trabajo, que regula el caso de trabajadores que reingresen al trabajo bajo el mismo empleador. Las indemnizaciones que pudieran corresponder se calcularán por la suma de las antigüedades, deduciéndose las indemnizaciones pagadas con anterioridad a su valor nominal, eliminándose la actualización que estaba prevista para estos casos en el texto anterior.

B.E. 1224 - LCT. Modificación. Deber de seguridad

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27.323

Modifican el Art. 75 de la Ley de Contrato de Trabajo, referido al deber de seguridad en el trabajo, precisando las obligaciones del empleador respecto del resguardo de la integridad psicofísica del trabajador, así como el derecho del mismo a rehusar la prestación de trabajo cuando el mismo le sea exigido en transgresión a las disposiciones legales y reglamentarias sobre higiene y seguridad.

B.E. 1223 - LCT. Modificación. Sistemas de control

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27.322

Se modifica el Art. 71 de la Ley de Contrato de Trabajo estableciendo que los sistemas de controles personales del trabajador destinados a la protección de los bienes del empleador, así como los relativos a la actividad del trabajador, deberán ser conocidos por éste.

B.E. 1222 - LCT. Modificación. Validez de registros

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27.321

Se modifica el Art. 54 de la Ley de Contrato de Trabajo, disponiendo que los registros, planillas y oros elementos de contralor que requieran las leyes, reglamentos, estatutos profesionales y convenciones colectivas deberán reunir las formalidades correspondientes para su validez, las que serán apreciadas judicialmente cuando carezcan de alguna de las formalidades requeridas.

B.E. 1221 - LCT. Modificación. Embargos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27.320

Se agrega un tercer párrafo al Art. 147 de la Ley de Contrato de Trabajo estableciendo que no se podrán trabar embargos de ningún tipo sobre las cuentas sueldo. Los embargos  que se traben sobre el salario de los trabajadores deberán instrumentarse ante el empleador, quien deberá poner la medida en conocimiento del trabajador dentro de las 48 horas, entregando copia de la resolución que la ordena.

14 de diciembre de 2016

B.E.1220 - Ganancias. Segunda cuota del SAC

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1253/16

El Poder Ejecutivo Nacional estableció que a los efectos de la determinación del Impuesto a las Ganancias por la segunda cuota del sueldo anual complementario de 2016, se incrementa la deducción especial en la suma de $ 15.000.-

Ello implica que no sufrirá retención el aguinaldo neto que no supere los $ 15.000.- en tanto si supera dicho monto la diferencia integrará la base de la retención del impuesto. 

El beneficio comprende exclusivamente a a los beneficiarios cuya mayor remuneración bruta mensual devengada entre los meses de julio y diciembre de 2016 no supere la suma de $ 55.000.- 

13 de diciembre de 2016

B.E. 1219 - Trabajo Agrario. Seguro de Sepelio

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 200/16

Se restablece a partir del 1/1/2017 la vigencia de la Resolucion 9/98 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, que instauró el seguro oblgatorio de sepelio para todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Trabajo Agrario.

B.E. 1218 - Trabajo Agrario. Salarios. Granos. Entre Ríos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 176/16

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de manipulación y almacenamiento de granos en la Provincia de Entre Ríos, con vigencias desde el 1/11/2016 y el 1/1/2017.

B.E. 1217 - Trabajo Agrario. Salarios. Arroz. Entre Ríos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 170/16

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad arrocera en la Provincia de Entre Ríos, con vigencia desde el 1/8/2016.

B.E. 1216 - Trabajo Agrario. Salarios. Conductores tractoristas y maquinistas

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 102/16
Resolución (CNTA) 141/16

Por la Resolución 102/16, redctificada por la Resolución 141/16, la CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal cmprendido en la categoría de conductor tractorista, maquinista de máquinas cosechadoras y agrícolas que se desempeñen exclusivamente en tareas de recolección y cosecha de granos y oleaginosas en el ámbito de todo el país, para el período 1/9/2016 al 30/9/2017.

7 de diciembre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 12/12/16 al 16/12/16
CONCEPTO
12/12
13/12
14/12
15/12
16/12
Autónomos
Aportes Noviembre/16
6-7 8-9      
Empleadores
Aportes y contribuciones Noviembre/16
2-3 4-5 6-7 8-9  
Ganancias
D.J. Ejercicios Julio/16
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
Ganancia Mínima Prsunta
D.J. Ejercicios Julio/16
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Julio/16
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
SICORE
D.J. Noviembre/16
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, Fondo Educ. y    Prom. Cooperativa, Bienes Personales
Anticipos
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  
Autoimpresores
Información Noviembre/16
      Todos  
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Noviembre/16
  0-1-2 3-4-5 6-7 8-9

1 de diciembre de 2016

Circulares Mensuales

DAE - Información Impositiva y Laboral

En el Indice de Circulares de nuestro sitio web incorporamos los enlaces a las Circulares Impositiva y Laboral, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias, publicadas durante el mes de Noviembre.

(En el Indice de Circulares haga click en los enlaces "Impuestos" y "Laboral" para descargar las Circulares en formato "pdf".)

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 05/12/16 al 09/12/16
CONCEPTO
05/12
06/12
07/12
08/12
09/12
Autónomos
Aportes Noviembre/16
0-1 2-3 4-5    
Empleadores
Aportes y contribuciones Noviembre/16
    0-1    

30 de noviembre de 2016

B.E. 1215 - Sinceramiento Fiscal. Aclaraciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1206/16

Formulan precisiones respecto de la exteriorización de bienes y tenencias que figuren a nombre de sociedades y otros entes del exterior. Las operaciones de registración a nombre del declarante serán consideradas no onerosas a los fines tributarios. Por otra parte, mientras los bienes se mantengan en el patrimonio del declarante éste deberá incluirlos en sus declaraciones impositivas del país, pudiendo computar las deducciones que correspondan por impuestos análogos que tribute la sociedad en el exterior que tengan vinculación directa con los bienes exteriorizados.

Se precisan aspectos sobre la valuación de las acciones, participaciones, partes de interés o beneficios en sociedades y otros entes consituidos en el país o en el exterior.

Se aclara que a los efectos de la pérdida de los beneficios prevista por el segundo párrafo del Art. 46 de la Ley se entiende por ‘detección’ al conocimiento por parte del fisco sobre la existencia del bien oculto y de su titularidad.

Los cónyuges, los padres y los hijos menores emancipados de los sujetos excluidos en virtud de haber desempeñado funciones públicas, podrán exteriorizar los bienes que acrediten se encontraban incorporados en su patrimonio con anterioridad a la fecha en que los citados sujetos hubieran asumido los respectivos cargos.

29 de noviembre de 2016

B.E. 1214 - Convenio Multilateral. Vencimientos 2017

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (CACM) 21/16

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral estableció las fechas de vencimientos del año 2017 para los contribuyentes del Impuesto sobre los Ingresos Brutos comprendidos en el Convenio Multilateral.

22 de noviembre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 28/11/16 al 02/12/16
CONCEPTO
28/11
29/11
30/11
01/12
02/12
Registro de Operaciones Inmobiliarias
Información Octubre/16
  Todos      

17 de noviembre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 21/11/16 al 25/11/16
CONCEPTO
21/11
22/11
23/11
24/11
25/11
IVA
D.J. Octubre/16
2-3 4-5 6-7 8-9  
Información Compras y Ventas
D.J. Octubre/16
2-3 4-5 6-7 8-9  
SICORE
Pago a cuenta 1ra quincena Noviembre/16
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Monotributo
Pago Noviembre/16
Todos        

11 de noviembre de 2016

B.E. 1213 - Controladores Fiscales. Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3953

La AFIP introduce modificaciones a la R.G. 3561, con relación a la utilización de controladores fiscales "de nueva generación".

Entre otras cuestiones, se establecen modificaciones al régimen de información semanal, la cual deberá presentarse a través del servicio "Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos - Controladores Fiscales", y se efectúan adecuaciones con respecto a la emisión de los comprobantes y el diseño de los registros de reportes. 

10 de noviembre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 14/11/16 al 18/11/16
CONCEPTO
14/11
15/11
16/11
17/11
18/11
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Junio/16
4-5 6-78-9
Ganancias
D.J. Ejercicios Junio/16
2-3 4-56-7 8-9
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Junio/16
0-1 2-34-5 6-7 8-9
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa, Ganancias, Ganancia Mínima Presunta
Anticipos
0-1-2-3 4-5-67-8-9
IVA
D.J. Octubre/16
0-1
Información Compras y Ventas
D.J. Octubre/16
0-1
Autoimpresores
Información Octubre/16
Todos
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Octubre/16
0-1-2 3-4-56-7 8-9

4 de noviembre de 2016

B.E. 1212 - Secreto Fiscal

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3952

La AFIP establece, a los efectos de asegurar el secreto fiscal previsto por la ley de procedimiento fiscal, que los sujetos indicados en el Artículo 20 de la Ley 25.246 y sus modificaciones, excepto los detallados en su inciso 17, deberán abstenerse de requerir a sus clientes las declaraciones juradas de impuestos nacionales que presenten ante la AFIP.

El citado Art. 20 de la Ley 25.246 se refiere a los sujetos obligados a emitir informes sobre operaciones sospechosas a la UIF. Entre ellos los bancos, entidades financieras y cambiarias, operadores de tarjetas de crédito, escribanos públicos, agentes y sociedades de bolsa, registros de la propiedad, aseguradoras, transportadoras de caudales, correos privados, operadores de compraventa de objetos de arte, despachantes de Aduana y organismos de la Administración Pública. Se exceptúan los profesionales matriculados cuyas actividades estén reguladas por los consejos profesionales de ciencias económicas.

3 de noviembre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 07/11/16 al 11/11/16
CONCEPTO
07/11
08/11
09/11
10/11
11/11
Autónomos
Aportes Octubre/16
2-3 4-5 6-7 8-9  
Empleadores
Aportes y Contribuciones Octubre/16
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
SICORE
D.J. Octubre/16
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Junio/16
      0-1 2-3
Ganancias
D.J. Ejercicios Junio/16
        0-1

1 de noviembre de 2016

B.E. 1211 - Factura Electrónica. Sujetos exentos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3950

La AFIP modificó el Título III de la R.G. 3749. Recordamos que la citada Resolucón generalizó la obligación de emisión de factura electrónica a todos los responsables inscriptos en IVA y en su Título III extendió la obligación a determinados sujetos sin distinción de su condición frente al IVA.

Con la modificación introducida, se reduce la obligación de emitir factura electrónica sin distinción de su condición frente al IVA a los siguientes sujetos, y sólo por las operaciones indicadas:
1) Prestadores de servicios de medicina prepaga por los planes cuyo valor mensual supere los $ 5.000.-
2) Establecimientos de educación pública de gestión privada por las cuotas de monto mensual igualo superior a $ 5.000.-
3) Locación temporaria de inmuebles con fines turísticos

Por otra parte, se dejan sin efecto los regímenes informativos de las Resoluciones Generales 3270, 3368 y el Título I de la Resolución General 3687. 

31 de octubre de 2016

Circulares Mensuales

DAE - Información Impositiva y Laboral

En el Indice de Circulares de nuestro sitio web incorporamos los enlaces a las Circulares Impositiva y Laboral, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias, publicadas durante el mes de Octubre.

(En el Indice de Circulares haga click en los enlaces "Impuestos" y "Laboral" para descargar las Circulares en formato "pdf".)

27 de octubre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 31/10/16 al 04/11/16
CONCEPTO
31/10
01/11
02/11
03/11
04/11
Productores de Granos. Capacidad Productiva
Superficie agrícola
Todos        
Autónomos
Aportes Octubre/16
        0-1

25 de octubre de 2016

B.E. 1210 - IVA. Hacienda Bovina y bubalina. Prórroga

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Resolución General (AFIP) 3948

La AFIP prorrogó la entrada en vigencia de los nuevos regímenes de retención, percepción y pagos a cuenta del IVA en operaciones de hacienda bovina y bubalina, establecidos por la R.G. 3873, los cuales serán de aplicación a partir del 1 de enero de 2017.

24 de octubre de 2016

B.E. 1209 - Trabajo peligroso de menores

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Decreto 1117/2016

El Poder Ejecutivo establece la lista de los tipos de trabajo que constituyen trabajo peligroso para las personas menores de 18 años.

B.E. 1208 - Blanqueo. Depósito de moneda en el país. Plazo

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Resolución General (AFIP) 3947

La AFIP amplió el plazo para efectuar el depósito a los efectos del blanqueo de tenencias de moneda nacional o extranjera en el país.

Se considerarán efectuados en término los depósitos que se efectivicen hasta el 21 de noviembre de 2016, siempre que la apertura de la o las cuentas respectivas en las entidades financieras del país se hubieran efectuado al 31 de octubre de 2016.

B.E. 1207 - PyMES. Débitos y Créditos Bancarios. Pago a cuenta

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Resolución General (AFIP) 3946

La AFIP estableció  el procedimiento y las condiciones para el cómputo del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias para las micro y pequeñas empresas y para las industrias manufactureras medianas empresas tramo 1, de acuerdo a lo establecido por la Ley 27.264 y el Decreto 1101/16.

B.E. 1206 - IVA. Beneficios para PyMES

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 3945

La AFIP establece las condiciones para acceder y mantener el beneficio de pago del IVA a la fecha de vencimiento del segundo mes inmediato siguiente al del vencimiento original por parte de las micro y pequeñas empresas.

El beneficio deberá solicitarse a partir del 1/11/2016 por el sitio web de la AFIP, servicio “PYME Solicitud de Categorización y/o Beneficios".

Las micro y pequeñas empresas ya comprendidos en el régimen de ingreso trimestral de la R.G. 3878 serán incorporados automáticamente a este régimen de pago al segundo mes inmediato siguiente desde el período fiscal Diciembre 2016, dejándose sin efecto el régimen de la citada R.G. 3878.

Las medianas empresas tramo 1 a las que se haya otorgado el beneficio de cancelación trimestral serán dadas de baja de forma automática desde el primer día del mes siguiente a aquel en que opere el vencimiento general para la presentación de la declaración jurada del impuesto a las ganancias correspondiente al mes de cierre de su ejercicio comercial.

B.E. 1205 - Programa de Recuperación Productiva. Reglamentación

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1101/2016

El Poder Ejecutivo reglamentó el Programa de Recuperación Productiva para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, establecido por la Ley 27.264.

Con respecto al tratamiento impositivo especial previsto por la citada Ley, se establece que la AFIP dictará las normas reglamentarias para la liberación del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta a las micro, pequeñas y medianas empresas, a partir de los ejercicios que inicien desde el 1/1/2017.

El cómputo del Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias comprenderá el 100% (para micro y pequeñas empresas) o el 50% (para las industrias manufactureras medianas empresas tramo 1) del impuesto efectivamente ingresado hasta la finalización del ejercicio de que se trate. Para el primer ejercicio se tomará el impuesto ingresado desde el 10/8/2016. Los remanente no computados no podrán ser transladados a ejercicios futuros.

Se establece la información que deberán suministrar a través del sitio web de la AFIP las empresas comprendidas en el régimen  de Fomento a las Inversiones previsto por el Título III de la Ley 27.264 para acceder al mismo, estableciéndose las condiciones y requisitos del pago a cuenta del impuesto a las Ganancias por inversiones productivas y el bono de crédito fiscal por inversiones en bienes de capital y obras de infraestructura.

20 de octubre de 2016

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 24/10/16 al 28/10/16
CONCEPTO
24/10
25/10
26/10
27/10
28/10
IVA
D.J. Septiembre/16
8-9        
Información Compras y Ventas
D.J. Septiembre/16
8-9        
SICORE
Pago a cuenta 1ra. quincena Octubre/16
4-5-6 7-8-9      
Registro de Operaciones Inobiliarias
Información Septiembre/16
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