DAE - Información Impositiva On-Line
El Ministerio de Trabajo definió que la dispensa de concurrir a su lugar de trabajo para quienes se encuentren comprendidos en los grupos de riesgo de COVID y cumplan sus tareas desde su lugar de aislamiento, no sustituirá el acuerdo escrito que exige el Art. 7 de la Ley 27.555 para configurar la relación de Teletrabajo.