22 de mayo de 2021

B.E. 1906 - Medidas generales de prevención

DAE - Información Impositiva On-Line

Decreto 334/2021

Se publica en la fecha el nuevo Decreto que prorroga las medidas generales de prevención ya vigentes, hasta el día 11 de junio de 2021.

Sin perjuicio de ello, se disponen medidas más restrictivas para las zonas de alto riesgo o en situación de alarma, las cuales se aplicarán en el período comprendido entre los días 22 al 30 de mayo y los días 5 y 6 de junio.

En tales zonas y períodos se suspenderá la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo cuando ello sea posible; y cuando no fuera posible recibirán una compensación no remunerativa equivalente a su remuneración habitual neta de aportes y contribuciones al sistema de seguridad social.

Se exceptúan de las señaladas restricciones exclusivamente las actividades consideradas esenciales, detalladas taxativamente en el articulado del decreto.

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