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Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Julio, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:
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La AFIP extendió hasta el 31 de agosto los plazos especiales establecidos como consecuencia de las medidas de aislamiento:
- La utilización del servicio "Presentaciones Digitales" para diversos trámites ante dicho organismo
- La eximición de registrar datos biométricos en aquellos trámites que lo requieran;
- La posibilidad de blanquear la Clave Fiscal por cajeros automático;
- La presentación de documentación de apoderados y representantes por el sistema "Presentaciones Digitales".
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Principales vencimientos del 02/08/21 al 06/08/21
| CONCEPTO | 02/08 | 03/08 | 04/08 | 05/08 | 06/08 |
| Monotributo Pagos Enero a Junio 2021 | Todos | ||||
| Autónomos Aportes Julio | 0/1/2/3 | 4/5/6 |
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La AFIP modificó las Resoluciones Generales 2111 y 3900, referidas al Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias.
En la R.G. 2111 se incorporan como agentes de liquidación y percepción del gravamen a Proveedores de Servicios de Pago (PSP) o las empresas dedicadas al servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, respecto de los movimientos en las cuentas de pago definidas por la Comunicación "A" 6.885 del BCRA.
En la R.G. 3900, que regula las condiciones para el usufructo de los beneficios de exención y/o reducción de la alícuota del Impuesto, se incorporan las modificaciones para contemplar a las cuentas de pago en iguales condiciones que las cuentas bancarias.
También se adecúa su texto para contemplar las modificaciones dispuestas por el Decreto 301/21.
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Principales vencimientos del 26/07/21 al 30/07/21
| CONCEPTO | 26/07 | 27/07 | 28/07 | 29/07 | 30/07 |
| Registro de Operaciones Inmobiliarias Información Junio | Todos | ||||
| Participaciones Societarias Información al 31/12/2020 | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Principales vencimientos del 19/07/21 al 23/07/21
| CONCEPTO | 19/07 | 20/07 | 21/07 | 22/07 | 23/07 |
| Libro IVA Digital Registración Junio | 0/1 | 2/3 | 4/5 | 6/7 | 8/9 |
| IVA D.J. Junio | 0/1 | 2/3 | 4/5 | 6/7 | 8/9 |
| Información Compras y Ventas Información Junio | 0/1 | 2/3 | 4/5 | 6/7 | 8/9 |
| Monotributo Pago Julio | Todos | ||||
| Monotributo Recategorización | Todos | ||||
| SICORE / SIRE 1ra quincena Julio | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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Se prorrogan hasta el 6 de agosto las medidas de prevención dispuestas por el Decreto 287/2021.
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Principales vencimientos del 12/07/21 al 16/07/21
| CONCEPTO | 12/07 | 13/07 | 14/07 | 15/07 | 16/07 |
| Empleadores D.J. Junio | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 | ||
| SICORE / SIRE D.J. Junio | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 | ||
| Fondo Educ. y Prom. Cooperativa D.J. Ejercicios Febrero/21 | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 | ||
| Ganancias D.J. Ejercicios Febrero/21 | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 | ||
| Fondo Educ. y Prom. Cooperativa Ganancias Anticipos | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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La AFIP establece que los contribuyentes que deban implementar el recambio tecnológico de emisión de comprobantes mediante la modalidad de factura electrónica o a través de "Controladores Fiscales" de "nueva tecnología" en once o más puntos de venta o emisión, y que no puedan cumplir con el cronograma establecido por el artículo 30 de la R.G. 3561, podrán solicitar una extensión del plazo a través del servicio "Presentaciones Digitales"
Los establecimientos que presten servicios de alojamiento detallados en el Art. 1 de la resolución, podrán utilizar los equipos de "vieja tecnología" hasta el 31 de diciembre de 2021.
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Se establece un régimen de promoción para el acceso al empleo formal para personas travestis, transexuales y trangénero.
Los beneficios alcanzan a quienes manifiesten que se autoperciben con una identidad de género que no se corresponde con el sexo asignado al nacer, hayan o no accedido al cambio registral previsto en el artículo 3º de la ley 26.743, de identidad de género.
La ley establece un cupo de inclusión laboral en el Estado Nacional.
Con respecto al sector privado se establece que podrán tomarse como pago a cuenta de impuestos nacionales las contribuciones patronales que se generen por la contratación de las personas beneficiarias de este régimen, correspondientes a los 12 meses corridos desde la celebración del contrato de trabajo; plazo que se extenderá a 24 meses en el caso de las micro, pequeñas y medianas empresas.
El Poder Ejecutivo deberá reglamentar la ley en un plazo que no podrá exceder los 60 días hábiles contados a partir de su sanción.
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Anticipan el cronograma de incrementos del Salario Mínimo Vital y Móvil, quedando fijados los siguientes montos:
- A partir del 1° de julio de 2021: $27.216,00 por mes y $136,08 por hora
- A partir del 1° de agosto de 2021: $28.080,00 por mes y $140,40 por hora
- A partir del 1° de septiembre de 2021: $29.160,00 por mes y $145,80 por hora
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La AFIP fijó el período de Feria Fiscal de invierno del 12 al 23 de julio de 2021.
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Se modifica el Decreto 504/98, que reglamenta las condiciones para la opción de cambio de obra social.
Se establece que los trabajadores que inicien una relación laboral deberán permanecer un año en la Obra Social correspondiente a la rama de su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio.
Por otra parte, la opción de cambio, que podrá ejercerse una vez al año, se hará efectiva a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud.
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Principales vencimientos del 05/07/21 al 09/07/21
| CONCEPTO | 05/07 | 06/07 | 07/07 | 08/07 | 09/07 |
| Autónomos Aportes Junio | 0/1/2/3 | 4/5/6 | 7/8/9 |
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La AFIP extendió hasta el 31 de diciembre de 2021 el régimen de reintegro establecido por la R.G. 4676, consistente en la devolución de una proporción de las operaciones que las personas humanas -en carácter de consumidores finales- abonen por las compras de bienes muebles realizadas en determinados comercios minoristas y/o mayoristas mediante la utilización de tarjetas de débito, asociadas a cuentas vinculadas a los beneficios de jubilación, pensión y/o asignación.
A su vez se eleva el tope del reintegro a $ 1.200.- en general; y a $ 2.400.- para los sujetos que que perciban dos o más prestaciones de algunos de los siguientes beneficios sociales: asignaciones universales por hijo para protección social, asignaciones por embarazo para protección social y hasta una pensión por fallecimiento.
También se agregan a los rubros comprendidos en el beneficio a los productos farmacéuticos y de herboristería, productos cosméticos, de tocador y perfumería.
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La AFIP contempla la situación de los Responsables Inscritos en IVA que no tengan adecuados sus sistemas de facturación para emitir comprobantes "A" a los Monotributistas (obligación que rige a partir del día de la fecha).
Dispone que en tales casos deberán emitir el comprobante "A" identificando al Monotributista como "IVA Responsable Inscripto" y agregando en el comprobante la leyenda "Receptor del comprobante - Responsable Monotributo".
Dicha leyenda podrá incorporarse manualmente al momento de su emisión con un sello, oblea autoadhesiva, etc.
Esta dispensa podrá utilizarse hasta el 31 de diciembre de 2021.
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Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Junio, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:
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Se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2021 la prohibición de efectuar despidos sin justa causa y por las causales de falta o disminución de trabajo y fuerza mayor, así como la prohibición de efectuar suspensiones por las causales de fuerza mayor o falta o disminución de trabajo, excepto las efectuadas en los términos del artículo 223 bis de la LCT.
Las prohibiciones de despidos y suspensiones no serán aplicables a las contrataciones celebradas con posterioridad al 13/12/2019.
Por otra parte, se prorroga también hasta el 31 de diciembre de 2021 lo dispuesto por el artículo 7° del Decreto 39/21 en cuanto a que la enfermedad COVID-19 se considerará una enfermedad de carácter profesional no listada, respecto del personal incluido en el ámbito de aplicación de la Ley de Riesgos de Trabajo y que hayan prestado efectivamente tareas en sus lugares habituales, fuera de su domicilio particular.
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Se prorrogan hasta el 9 de julio las medidas de prevención dispuestas por el Decreto 287/2021.
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Resolución General Conjunta 5017
La AFIP, el Ministerio de Agricultura y el Ministerio de Transporte, por Resolución Conjunta, establecieron la Carta de Porte Electrónica, que reemplazará al actual sistema desde el 1° de Septiembre de 2021, pero será obligatoria desde el 1° de Noviembre de 2021.
El nuevo instrumento electrónico será desde su vigencia obligatoria, el único documento válidos para respaldar el traslado de granos no destinados a la siembra -cereales y oleaginosos- y de legumbres secas -porotos, arvejas y lentejas-, y de semillas aún no identificadas, dentro del País, mediante transporte automotor o ferroviario.
Podrán solicitar las CPE los sujetos incluidos en el SISA como productores de granos y los operadores del comercio de granos con planta declarada en el RUCA.
La solicitud de la CPE se efectuará por el servicio "Carta de Porte Electrónica" en el sitio "web" de la AFIP. El Ministerio de Agricultura y/o la AFIP podrán limitar, denegar o autorizar excepcionalmente su emisión, según la evaluación del comportamiento fiscal del solicitante.
La "Carta de Porte" deberá confeccionarse antes del inicio del traslado, y será válida hasta el plazo que le asigne el sistema de acuerdo con los datos de localidad de origen y de destino declarados.
El sistema permitirá la carga anticipada de datos que serán guardados en estado "Borrador", para su posterior "Aceptación" dentro de las 72 hs. previas al inicio del traslado de los bienes.
Los acopiadores inscriptos en el RUCA y con estado 1 ó 2 en el SISA podrán emitir la "Carta de Porte Automotor Flete Corto", aunque previo a la generación de la misma el productor deberá ingresar el sistema para aceptarla.