8 de enero de 2018

B.E. 1347 - AFIP. Turnos web

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4188-E

La AFIP establece que será obligatoria la previa solicitud de turno a través de su sitio web para efectuar determinados trámites en las oficinas del organismo.

Inicialmente será obligatorio para los trámites de obtención o blanqueo de la Clave Fiscal, y posteriormente se irán agregando nuevos trámites que serán publicados en el micrositio www.afip.gob.ar/atencion.

Los turnos se solicitarán con Clave Fiscal desde el servicio "Portal del Ciudadano"; o sin clave fiscal desde la opción "Turnos" en el margen superior del sitio web.

Estas disposiciones regirán desde el 15 de enero de 2018.

B.E. 1346 - Calendario de vencimientos 2018. Modificación

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4186-E

La AFIP modificó la R.G. 4172 por la que estableció el calendario de vencimientos para el año 2018.

En el IVA se retorna al anterior esquema de vencimientos en cinco días (del 18 al 22 de cada mes) según el número de CUIT.

En los recursos de la seguridad social, empleadores, se mantiene el nuevo esquema de tres días, pero se extiende el plazo a los días 9, 10 y 11 de cada mes.

De igual modo, para los autónomos se fijan los vencimientos en los días 5, 6 y 7 de cada mes.

B.E. 1345 - R.G. 4184. Corrección

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4184-E

La AFIP publica una corrección al cuadro contenido en la R.G. 4184, publicada originalmente el 5/1/18.

5 de enero de 2018

B.E. 1344 - Multas seguridad social. Medios de pago

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4184-E

La AFIP estableció que las multas por infracciones relacionadas con las obligaciones de la seguridad social impuestas de acuerdo a la R.G. 1566 deberán ingresarse por medios electrónicos.

Los empleadores efectuarán el ingreso de las multas mediante transferencia electrónica (VEP), y los autónomos podrán hacerlo por ese mismo medio o mediante tarjetas de crédito o débito.

Se modifican también los códigos a utilizar para la identificación de los conceptos del pago. 

3 de enero de 2018

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 08/01/18 al 12/01/18
CONCEPTO
08/01
09/01
10/01
11/01
12/01
Empleadores
D.J. Diciembre
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
SICORE
D.J. Diciembre
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  
Fondo Educación y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Agosto/17
      0-1-2-3 4-5-6

2 de enero de 2018

Circulares Mensuales

DAE - Información Impositiva y Laboral

En el Indice de Circulares de nuestro sitio web incorporamos los enlaces a las Circulares Impositiva y Laboral, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias, publicadas durante el mes de Diciembre.

(En el Indice de Circulares haga click en los enlaces "Impuestos" y "Laboral" para descargar las Circulares en formato "pdf".)

B.E. 1343 - Prórrogas de Impuestos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27432 


Por la ley publicada en el Boletín Oficial el 29/12/2017 se prorroga por cinco períodos fiscales más el Fondo para Educación y Promoción Cooperativa.

También se prorrogan hasta el 31/12/2022 los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales, Monotributo y Adicional de Emergencia sobre el Precio de los Cigarrillos.

El impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y otras Operatorias se prorroga hasta el 31/12/2022 estableciéndose que su producido se destinará íntegramente a la ANSES.

B.E. 1342 - Reforma Tributaria. Principales novedades

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27430


Publicamos el texto completo de la Reforma Tributaria (Boletín Oficial del 29/12/2017) y pasamos a comentar en forma resumida las principales novedades en lo que consideramos puede resultar de aplicación por parte de nuestras cooperativas agropecuarias adheridas, sin perjuicio de señalar que iremos ampliando estos comentarios a medida que cada uno de los temas vayan siendo complementados con las disposiciones reglamentarias.

Impuesto al Valor Agregado

Se incluyen en la alícuota del 10,5% los animales y carnes de las especies aviar y cunícula.

Se establece un régimen de devolución de los créditos fiscales por bienes de uso -excepto automóviles- que no hayan sido absorbidos por los débitos fiscales dentro de los 6 meses de la adquisición. Los importes devueltos deberán poder ser aplicados al pago de saldos a favor del fisco dentro de los 60 meses posteriores.

El cómputo de las contribuciones patronales como crédito fiscal de IVA, dispuesto por el Dto. 814/01 se reduce gradualmente hasta su eliminación en el año 2022.  En el Art. 173 de la ley que comentamos puede observarse el cuadro con los porcentajes computables en cada año hasta el 2021. 

Contribuciones Patronales

Se establece la reducción gradual de las contribuciones patronales mediante la disminución de las alícuotas y la reducción de las bases imponibles.

Las alícuotas establecidas por el Decreto 814/01 disminuyen hasta unificarse en el 19.5% desde el 1/1/2022, y por otra parte se establece una deducción de la base imponible de las contribuciones patronales correspondientes a cada trabajador, que llegará a $ 12.000 -actualizados- desde el 1/1/2022.

Hasta entonces, la disminución de las alícuotas y la reducción de la base imponible se aplicará en forma gradual conforme a lo indicado en los cuadros contenidos en el Art. 173 de la ley que comentamos, de los cuales resulta que desde el 1/2/2018 la alícuota prevista por el Art. 2 inciso a) del Dto. 814/01 se reducirá al 20.70% y la del inciso b) al 17.50%; en tanto la base imponible para cada trabajador se reducirá desde esa misma fecha en $ 2.400.

La reducción de la base imponible se aplicará a todos los trabajadores cualquiera sea la modalidad de contratación de la Ley de Contrato de Trabajo o el Régimen de Trabajo Agrario. Se aplicará proporcionalmente en los contratos a tiempo parcial y en aquellos casos en que la liquidación corresponda a un período inferior al mes. En la liquidación del SAC se aplicará una reducción del 50%.

Los empleadores que estén gozando de la reducción de contribuciones previstas por el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (Art. 24 de la Ley 26.940) podrán optar por este nuevo régimen de reducción de contribuciones comentado en el párrafo anterior o continuar utilizando el beneficio de la Ley 26.940 respecto de las relaciones laborales vigentes.

Unidad de Valor Tributaria  

Se crea la "Unidad de Valor Tributaria" que reemplazará los importes monetarios establecidos en las leyes tributarias y que se actualizará anualmente por el índice de precios al consumidor. Antes del 15/9/2018 el Poder Ejecutivo enviará al Congreso un proyecto de ley para reemplazar en las respectivas leyes los valores monetarios por cantidades de UVT.

Régimen Penal Tributario

Por el Art. 279 de la ley comentada se reemplaza la Ley Penal Tributaria 24.769 por un nuevo régimen que tipifica los delitos de evasión simple y evasión agravada respecto de obligaciones tributarias y de los recursos de la seguridad social.

Impuesto sobre los Combustibles

Se redefine el Impuesto sobre los Combustibles, donde destacamos la modificación del Art. 15 de la Ley 23.966 que reduce al 45% el cómputo del impuesto contenido en las compras de gas oil como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias por parte de los productores agropecuarios. La misma reducción sufre el cómputo como pago a cuenta del IVA para los sujetos que presten servicios de transporte.

Revalúo impositivo y contable


Se establece un revalúo impositivo y contable de los bienes del activo que será optativo, y en caso de realizarse el revalúo con fines impositivos deberá tributarse un impuesto especial del 8 al 15% según el tipo de bien revaluado.

29 de diciembre de 2017

B.E. 1341 - Automotores de alta gama. Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 1111/2017

El Poder Ejecutivo modificó los valores y alícuotas del Impuesto Interno sobre los automotores de alta gama.

Se deja sin efecto el gravamen para los vehículos y motores gasoleros (Capitulo V del Título II de la Ley 24.674).

Los demás automotores, excepto motos, embarcaciones y aeronaves, (Art. 38 incisos a, b y d) estarán exentos cuando su precio de venta, sin considerar impuestos, incluidos los opcionales no supere los $ 900.000.- en tanto los que superen este monto tributarán el 20%.

Las motos (Art. 38 inciso c) estarán exentas hasta un precio de $ 140.000.- y estarán gravados con el 20% las que superen ese monto.

Las embarcaciones para recreo y motores fuera de borda (Art. 38 inciso e) estarán exentos hasta un precio de $ 800.000.- y tributarán el 20% cuando su precio supere ese monto.

Las aeronaves para recreo o deportes (Art. 38 inciso f) no pagarán cuando su precio no supere los $ 240.000.- y pagarán el 20% cuando superen ese monto.

Los valores indicados regirán desde el 1/1/2018 hasta el 31/12/2018.

28 de diciembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 01/01/18 al 05/01/18

CONCEPTO
01/01
02/01
03/01
04/01
05/01
Autónomos
Aportes Diciembre
  0-1-2-34-5-67-8-9

Destacamos que para el año 2018 los vencimientos por número de CUIT se establecen ahora en tres grupos: para terminaciones en 0, 1, 2 y 3; para terminaciones 4, 5 y 6; y para terminaciones 7, 8 y 9.

B.E. 1340 - Reforma Previsional

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley 27426

Se publicó la Ley de Reforma Previsional que establece modificaciones a la Ley de Jubilaciones 24.241 y a la Ley de Contrato de Trabajo 20.744.

Se modifica la fórmula para establecer el Índice de Movilidad Previsional, el que ahora se establecerá en función de una combinación de las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional (IPCN) y de las variaciones de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). La actualización se aplicará trimestralmente en los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año, a partir de marzo de 2018.

Garantiza un haber previsional mínimo equivalente al 82% del Salario Mínimo Vital y Móvil a los beneficiarios de la Prestación Básica Universal que acrediten como mínimo 30 años de aportes efectivos -excluidos los aportes por moratorias-.

Se modifica el Art. 252 de la LCT, estableciendo que el empleador podrá intimar al trabajador a que inicie los trámites para su jubilación recién cuando cumpla los 70 años de edad y reúna los requisitos para acceder a la PBU, estando obligado el empleador, a partir de la intimación, a mantener la relación de trabajo hasta que el trabajador obtenga el beneficio o hasta el plazo máximo de un año. No obstante el trabajador podrá solicitar su jubilación antes de los 70 años según las edades mínimas actualmente vigentes.

Una vez que el trabajador esté en condiciones de jubilarse y decida no hacerlo las contribuciones patronales a ingresar serán sólo las correspondientes a Obra Social y Riesgos del Trabajo.

En el caso del trabajador que sigue prestando servicios sin interrupción a las órdenes del mismo empleador luego de obtenido el beneficio de la jubilación, se considerará la fecha del acuerdo de la prestación como inicio del cómputo de la antigüedad posterior al mismo.

26 de diciembre de 2017

B.E. 1339 - Productores agropecuarios. Actualización de datos por web

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4177-E

La AFIP modificó la R.G. 2300 estableciendo que los productores que hayan cumplido con el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas previsto por al R.G. 4096 podrán cumplir con la actualización de datos en el Registro Fiscal de Operadores de Granos a través del sitio web de la AFIP, en lugar del trámite mediante el aplicativo del entorno SIAP.

Aal fin deberán acceder con Clave Fiscal al servicio “REGISTRO FISCAL DE OPERADORES DE GRANOS”, opción “Ingresar solicitud Actualización de Datos (AD WEB)”. 

B.E. 1338 - Domicilio Fiscal Electrónico. Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4176-E

La AFIP modificó la R.G. 2109 sobre domicilio fiscal electrónico, estableciendo un sistema de alertas por correo electrónico y teléfono celular de las novedades producidas en el domicilio fiscal electrónico. A tal fin los contribuyentes deberán tener declarados en el Sistema Registral la dirección de correo electrónico y el número de teléfono celular. Quienes ya tengan constituido el domicilio fiscal electrónico y no hayan informado en el Sistema Registral el correo electrónico y el teléfono celular podrán hacerlo hasta el 28/2/2018.

Los contribuyentes podrán autorizar a una o más personas a acceder a las comunicaciones del domicilio fiscal electrónico, a cuyo efecto el sistema otorgará un perfil de usuario específico por cada autorizado, debiéndose informar una dirección de correo electrónico y un número de teléfono celular por cada uno de los sujetos autorizados.

La AFIP podrá limitar la modificación del domicilio fiscal a través de su sitio web en función de la categoría asignada al contribuyente en el “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”, en cuyo caso la modificación deberá hacerse ante la dependencia de la AFIP.

B.E. 1337 - Vencimientos 2018

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4172-E

La AFIP publicó el calendario de vencimientos para el año 2018.

22 de diciembre de 2017

B.E. 1336 - Ganancias. Deducciones y escala 2018

DAE - Información Impositiva y Laboral

Deducciones y Escala Ganancias 2018

La AFIP publicó en su sitio web los nuevos montos actualizados de las deducciones y escala del Impuesto a las Ganancias para el ejercicio fiscal 2018, desagregados mensualmente para el cálculo de las retenciones del impuesto.

Felicidades

DAE - Información Impositiva y Laboral

¡Felices Fiestas!


Nuestros sinceros deseos de felicidad en estas Fiestas
y prosperidad para el año 2018.


21 de diciembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 25/12/17 al 29/12/17
CONCEPTO
25/12
26/12
27/12
28/12
29/12
SICORE
1ra. quincena Diciembre
  7-8-9      
Registro de Operaciones Inmobiliarias
Información Noviembre
  Todos      

20 de diciembre de 2017

B.E. 1335 - Buenos Aires. Ingresos Brutos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Ley (Bs.As.) 14.983

La Provincia de Buenos Aires sancionó la Ley 14.983, con modificaciones al Código Fiscal y la Ley Impositiva Provincial.

Adjuntamos la parte correspondiente al al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, destacando que para las actividades de comercialización mayorista y minorista se elimina la alícuota incrementada para contribuyentes extraprovinciales, manteniéndose en general las restantes alícuotas vigentes en 2017.

Se mantienen también las mismas alícuotas para las prestaciones de servicios y la producción primaria, en este último caso sin el incremento de alícuota para la producción extraprovincial.

Para las actividades industriales se fija la alícuota del 1,5% y para la construcción el 3%.

14 de diciembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 18/12/17 al 22/12/17
CONCEPTO
18/12
19/12
20/12
21/12
22/12
Ganancias
D.J. Ejercicios Julio/17
6-7 8-9
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Julio/17
4-5 6-78-9
IVA
D.J. Noviembre
0-1 2-34-5 6-7 8-9
Información Compras y Ventas
D.J. Noviembre
0-1 2-34-5 6-7 8-9
Monotributo
Pago Diciembre
Todos
Monotributo
Confirmación de datos obligatoria Categoría A
Todos
SICORE
1ra. quincena Diciembre
0-1-2-3 4-5-6
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Noviembre
8-9

B.E. 1334 - Hacienda porcina. Autorización de faena

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución Conjunta General (MA-AFIP) 4168-E

Por resolución conjunta de la AFIP y el Ministerio de Agroindustria se establece que éste último habilitará en forma "online" la Autorización de Faena de hacienda porcina, una vez cumplidos el registro de la hacienda en el Sistema Integral de Faena (SIF) y verificado el efectivo ingreso de los pagos a cuenta del IVA de acuerdo a la normativa que oportunamente disponga la AFIP.

B.E. 1333 - Comercio de granos. Regímenes de información. Modificaciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución Conjunta General (MA-AFIP) 4167-E

La AFIP deja sin efecto desde el 1 de febrero de 2018 el régimen de información sobre los formularios de liquidaciones de granos y cartas de porte (Movimiento de Granos) establecido por la Resolución Conjunta (ex-ONCCA) 4956 y (AFIP) 2324, norma que quedará derogada desde la fecha indicada.

Establece que la obligación de informar prevista por el Art. 3 de la Resolución Conjunta (ex-SAGPyA) 456 y (AFIP) 1593 quedará cumplida con la sola emisión de los correspondientes comprobantes electrónicos: "Certificación Primaria de Depósito de Granos", "Liquidación Primaria de Granos", "Certificación Primaria de Retiro de Granos", "Certificación Primaria de Transferencia de Granos" y "Carta de Porte".

Por otra parte, con relación a la información de movimientos y existencias de granos previsto por la R.G. 3593 se establece que deberá llevarse un "Registro Sistémico de Movimientos y Existencias de Granos" por cada planta inscripta en el RUCA, independientemente que ellas sean operadas por la misma persona humana o jurídica.

13 de diciembre de 2017

B.E. 1332 - Convenio Multilateral. Vencimientos 2018

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (CA) 16/2017

La Comisión Arbitral fijó las fechas de vencimientos del año 2018 para las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para contribuyentes sujetos al Convenio Multilateral.

7 de diciembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 11/12/17 al 15/12/17
CONCEPTO
11/12
12/12
13/12
14/12
15/12
Autónomos
Aportes Noviembre
8-9        
Empleadores
D.J. Noviembre
2-3 4-5 6-7 8-9  
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Julio/17
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
Ganancias
D.J. Ejercicios Julio/17
    0-1 2-3 4-5
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Julio/17
      0-1 2-3
Ganancias, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa, Bienes Personales
Anticipos
    0-1-2-3 4-5-6 7-8-9
SICORE
D.J. Noviembre
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Autoimpresores
Información Noviembre
        Todos
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Noviembre
    0-1-2 3-4-5 6-7

5 de diciembre de 2017

B.E. 1331 - Seguridad Social. Declaración en Línea. Nuevos obligados

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4165-E

La AFIP extendió la obligación de confeccionar las declaraciones juradas de aportes y contribuciones a la Seguridad Social mediante el sistema "Declaración en Línea".

A partir del período devengado Diciembre de 2017 quedarán obligados a utilizar el sistema en línea los empleadores que registren hasta 600 trabajadores en el período que se declara. Será optativo para los empleadores que ocupen entre 601 y 650 trabajadores.

Quienes hubieran quedado comprendidos en el sistema de Declaración en Línea continuarán obligados si incrementan la nómina hasta 650 trabajadores.

B.E. 1330 - Seguridad Social. Mis Alertas

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4160-E

La AFIP implementa en su sitio web, con acceso mediante Cave Fiscal, el sistema "Mis Alertas", donde los empleadores podrán informarse sobre errores e inconsistencias en sus declaraciones juradas de aportes y contribuciones, así como los pagos de aportes que se encuentren pendientes de distribución a los distintos subsistemas de la seguridad social, e inconsistencias en la registración de contratos con las ART.

1 de diciembre de 2017

Circulares Mensuales

DAE - Información Impositiva y Laboral

En el Indice de Circulares de nuestro sitio web incorporamos los enlaces a las Circulares Impositiva y Laboral, con los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias, publicadas durante el mes de Noviembre.

(En el Indice de Circulares haga click en los enlaces "Impuestos" y "Laboral" para descargar las Circulares en formato "pdf".)

30 de noviembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 04/12/17 al 08/12/17
CONCEPTO
04/12
05/12
06/12
07/12
08/12
Autónomos
Aportes Noviembre
0-1 2-3 4-5 6-7  

28 de noviembre de 2017

B.E. 1329 - Trabajadores agrarios permanentes. Asignación extraordinaria

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (CNTA) 84/2017

La CNTA estableció una asignación extraordinaria de $ 2.500.-, con carácter no remunerativo, para el personal permanente de prestación contínua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, la que se abonará en un único pago el 20 de diciembre de 2017.

27 de noviembre de 2017

B.E. 1328 - Beneficios PyMES

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4163-E

La AFIP modificó la R.G. 4010, que reglamentó la aplicación de los beneficios previstos por la Ley 27.264 para micro, pequeñas y medianas empresas.

Se excluye de los beneficios de exclusión del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, del diferimiento del pago del IVA y del trámite simplificado de los certificados de no retención, a los sujetos comprendidos en el Art. 14 de la Ley 27.264 (declarados en estado de quiebra, querellados o denunciados por ley penal tributaria o por delitos que tengan conexión con el incumplimiento de obligaciones tributarias, y personas jurídicas cuyos socios, administradores, directores y quienes ocupen cargos equivalentes hayan sido denunciados o querellados por delitos que tengan conexión con el incumplimiento de obligaciones tributarias).

Por otra parte, se establece que las micro, pequeñas y medianas empresas que gocen de la exclusión del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta para ejercicios que inicien desde el 1/1/2017 y que hayan ingresado anticipos podrán imputar el crédito generado por los mismos a otras obligaciones.

B.E. 1327 - Consulta de constancias de inscripción

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4162-E

La AFIP modificó la R.G. 1817, que en su momento estableció que los responsables inscriptos en IVA y los agentes de retención, entre otros, deben obligatoriamente consultar la situación fiscal de los sujetos con los que operen.

La consulta debe hacerse por el servicio de consulta de "Constancia de Inscripción" o de "Opción al Monotributo", o mediante la descarga del archivo "Condición Tributaria", agregándose ahora un servicio de información "Web Services".

Se dispone que la validez de las consultas será de ahora de 30 días.

Por último, se establece que la consulta no será obligatoria respecto de operaciones por un monto inferior a $ 2.000.-

Las modificaciones comentadas tendrán vigencia desde el 1/12/2017.

23 de noviembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 27/11/17 al 01/12/17
CONCEPTO
27/11
28/11
29/11
30/11
01/12
IVA
D.J. Octubre
8-9        
Información Compras y Ventas
D.J. Octubre
8-9        
Registro de Operaciones Inmobiliarias
Información Octubre
Todos        

21 de noviembre de 2017

B.E. 1326 - Seguro de vida personal rural

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución (MF) 224-E/2017

El Ministerio de Finanzas modificó el monto del capital asegurado del Seguro Colectivo de Vida Obligatorio para el Personal Rural (Ley 16.600), estableciendo que el mismo en el equivalente a 5,5 Salarios Mínimos Vitales y Móviles.

Se dispone además que el monto será actualizado el 1 de marzo de cada año en función del último Salario Mínimo Vital y Móvil publicado hasta el mes de diciembre del año anterior.

B.E. 1325 - Inundaciones. Prórroga

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4159-E

La AFIP modificó la R.G. 4118, que estableció prórrogas de 6 meses para la presentación de declaraciones juradas y pago de las obligaciones impositivas (excepto retenciones y percepciones), aportes de Autónomos y Monotributo, para los sujetos cuya actividad principal se desarrolle en las zonas afectadas por inundaciones en las Provincias de Buenos Aires, Catamarca, Chubut, Corrientes, Jujuy, La Pampa, Misiones, Salta, Santa Fe, Tucumán y Río Negro.

El beneficio que originalmente comprendía a las obligaciones con vencimientos fijados entre el 17 de mayo y 16 de noviembre de 2017, se extiende ahora a las obligaciones con vencimientos fijados entre el 17 de mayo y 17 de noviembre de 2017.

17 de noviembre de 2017

B.E. 1324 - Ganancias. Entidades exentas. Nuevos requisitos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4157-E

La AFIP modificó la R.G. 2681 que estableció los procedimiento por los cuales las entidades exentas del Impuesto a las Ganancias por los incisos b), d), e), f), g), m) y r) del Artículo 20 de la ley, deben acreditar su condición de exentas, incorporando nuevos requisitos y formalidades a cumplir por las citadas entidades para solicitar o renovar el correspondiente certificado de exención. A su vez habilita un trámite simplificado para las cooperativas de trabajo inscriptas en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.

En cuanto interesa en general a nuestras cooperativas, destacamos las siguientes novedades.
Para solicitar el certificado de exención deberán cumplir con los siguientes requisitos:
- tener la CUIT en estado administrativo "sin limitaciones"
- alta en los impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado
- haber cumplido con la presentación de las declaraciones juradas del IVA y de los Recursos de la Seguridad social por los últimos 12 períodos fiscales, la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, el informe para fines fiscales, los estados contables y el régimen de información de la R.G. 3293
- tener actualizada la información sobre el domicilio fiscal y demás locales, y las actividades económicas desarrolladas
- que sus sus representantes, administradores, o quienes ocupen cargos equivalentes, no hayan sido querellados o denunciados penalmente con fundamento en las leyes penal tributarias con prisión preventiva o auto de procesamiento vigente

Para la renovación anual automática del certificado de exención, además de la verificación del cumplimiento de los requisitos señalados en el párrafo anterior, la AFIP exigirá la presentación de una nota con carácter de declaración jurada (según modelo del Anexo) suscripta por el responsable de la entidad y con certificación legalizada de Contador Público donde se manifieste que todos los ingresos o cobros recibidos por cualquier concepto por las operaciones o transacciones realizadas desde la fecha de otorgamiento del certificado vigente, por montos iguales o superiores a $10.000.-, fueron recibidos por alguna de las siguientes modalidades:
1. Depósito bancario.
2. Giro o transferencia bancaria.
3. Débito en cuenta a través de cajero automático.
4. Débito directo en cuenta bancaria.
5. Pago electrónico mediante la utilización de tarjeta de crédito y/o débito.
6. Cualquier otro medio de pago electrónico admitido o regulado por el Banco Central de la República Argentina
La nota deberá presentarse a través del servicio "Presentación Única de Balances, con no menos de 90 días corridos previos al vencimiento del certificado vigente.
Este requisito será de aplicación respecto de los ingresos y cobros que se produzcan en los ejercicios que se inicien a partir de la fecha de publicación de la norma comentada.

Las demás disposiciones de la resolución serán de aplicación para las solicitudes de reconocimiento de exención que se presenten a partir del 1 de marzo de 2018 y las renovaciones de certificados de exención con vencimiento a partir de esa fecha.

16 de noviembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 20/11/17 al 24/11/17
CONCEPTO
20/11
21/11
22/11
23/11
24/11
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Junio/17
  8-9      
SICORE
Pago a cuenta 1ra. quincena
  0-1-2-3 4-5-6 7-8-9  
IVA
D.J. Octubre
  0-1 2-3 4-5 6-7
Información Compras y Ventas
D.J. Octubre
  0-1 2-3 4-5 6-7
Monotributo
Pago Noviembre
  Todos      
Monotributo
Confirmación de datos Categorías B y C
  Todos      

10 de noviembre de 2017

B.E. 1323 - Registro de Tierras Rurales Explotadas. Prórroga

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4154-E

La AFIP prorrogó la entrada en vigencia de la Resolución General 4096, que creó el Registro Fiscal de Tierras Rurales Explotadas, estableciendo que sus disposiciones serán de aplicación desde el 1/1/2018.

B.E. 1322 - Días no laborables turísticos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Decreto 923/17

El Poder Ejecutivo estableció los días no laborables con fines turísticos, de acuerdo a las facultades que le confiere el nuevo régimen de Feriados y días no laborables, Ley N° 27.399.

En 2018 serán días no laborables el 30 de Abril, el 24 de Diciembre y el 31 de Diciembre; y en 2019 los días 8 de Julio, 19 de Agosto y 14 de Octubre.

9 de noviembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 13/11/17 al 17/11/17
CONCEPTO
13/11
14/11
15/11
16/11
17/11
Empleadores
Aportes y contribuciones Octubre
8-9        
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Junio/17
6-7 8-9      
SICORE
Retenciones y percepciones Octubre
7-8-9        
Ganancias
D.J. Ejercicios Junio/17
0-1 2-3 4-5 6-7 8-9
Ganancia Mínima Presunta
D.J. Ejercicios Junio/17
  0-1 2-3 4-5 6-7
Ganancia, Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
Anticipos
0-1-2-3 4-5-6 7-8-9    
Autoimpresores
Información Octubre/17
    Todos    
Ingresos Brutos. Convenio Multilateral
Anticipo Octubre/17
0-1-2 3-4-5 6-7 8-9  

2 de noviembre de 2017

Vencimientos

DAE - Información Impositiva y Laboral

Principales vencimientos del 06/11/17 al 10/11/17
CONCEPTO
06/11
07/11
08/11
09/11
10/11
Autónomos
Aportes Octubre
2-3 4-5 6-7 8-9  
Empleadores
Aportes y contribuciones Octubre
  0-1 2-3 4-5 6-7
Fondo Educ. y Prom. Cooperativa
D.J. Ejercicios Junio/17
    0-1 2-3 4-5
SICORE
Retenciones y percepciones Octubre
      0-1-2-3 4-5-6

1 de noviembre de 2017

B.E. 1321 - Ingresos Brutos. Convenio Multilateral. Novedades

DAE - Información Impositiva y Laboral

La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral estableció un nuevo Nomenclador de Actividades, el cual será de aplicación desde el 1/1/2018.

Destacamos que las provincias de Buenos Aires y Córdoba también adoptan el nuevo nomenclador para los contribuyentes locales. El cambio de los códigos de actividad en los sistemas en ARBA y DGR se hará automáticamente, no obstante lo cual los contribuyentes locales deberán revisar la conversión y, de ser necesario, reempadronar sus actividades. En el caso de Córdoba el reempadronamiento deberá hacerse hasta el 30/11/2017 y en Buenos Aires hasta el 31/12/2017.

Por otra parte, la Comisión Arbitral también implementó los sistemas "Padrón Web Locales" y "SIFERE Locales" para el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes locales de las jurisdicciones que adhieran a dichos sistemas. Por ahora destacamos que Córdoba adhiere al sistema "SIFERE Locales" que será de uso obligatorio para los grandes contribuyentes locales de esa jurisdicción desde el 1/11/2017, mientras para los demás contribuyentes locales de esa misma jurisdicción será obligatorio desde el 1/3/2018.

B.E. 1320 - Establecimientos faenadores. Pago a cuenta de contribuciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4152-E

La AFIP estableció un pago a cuenta de las contribuciones patronales a cargo de los establecimientos faenadores de hacienda bovina y bubalina, que se calculará en función de la cantidad de animales faenados.

La norma regirá a partir del 1 de diciembre de 2017.