DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (AFIP) 4326
La AFIP modificó la R.G. 2459, que establece el régimen de percepción de IVA en las operaciones de canje donde las operaciones de venta de cosas muebles, locaciones y prestaciones se cancelen mediante la transferencia de granos y semillas en proceso de certificación -cereales y oleaginosas- excepto arroz, y legumbres secas.
La alícuota de la percepción se establecerá en función de la calificación que presente el sujeto en el Sistema de Información Simplificado Agrícola “SISA”:
- Estado 1: no se aplicará percepción
- Estado 2: percepción 1%
- Estado 3: percepción 8%
- Estado 2: percepción 1%
- Estado 3: percepción 8%
Para los sujetos Inactivos en el SISA la percepción será el 100% del IVA.
Se elimina el Art. 8 de la R.G. 2459, referido a la obligación de llevar un registro especial de estas operaciones y se modifican los códigos de régimen para declarar las percepciones en el SICORE.
Las modificaciones regirán para las operaciones que se realicen desde el 1 de diciembre de 2018.