30 de octubre de 2019

B.E. 1588 - Servicios electrónicos de pagos. Retenciones

DAE - Información Impositiva y Laboral

Resolución General (AFIP) 4622

La AFIP establece un régimen de retenciones del IVA y del Impuesto a las Ganancias a cargo de las administradoras de servicios electrónicos de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, sobre las liquidaciones que se efectúen a los comerciantes, locadores o prestadores de servicios por la utilización de dichos sistemas de pago.

Serán sujetos pasivos de las retenciones los responsables inscriptos en el IVA y quienes no acrediten su calidad de inscriptos, de exentos o no alcanzados, o de adheridos al Monotributo. Se excluye a los sujetos categorizados como “Micro Empresas” o “Potenciales Micro Empresas”.

El régimen será de aplicación en los pagos de las liquidaciones que se efectúen a partir del 19 de noviembre 2019.