DAE - Información Impositiva y Laboral
Resolución General (CACM) 10/2019
La Comisión Arbitral del Convenio Multilateral aclara sobre los coeficientes unificados a utilizar en los tres primeros anticipos del año.
Sólo cundo no se cuente con la información necesaria para la determinación del coeficiente unificado correspondiente, al vencimiento del primer anticipo, podrá utilizarse el coeficiente unificado del año anterior en los tres primeros anticipos realizando los ajustes partir del cuarto anticipo.
En cambio, cundo se cuente con la información necesaria, se utilizará desde el primer anticipo el coeficiente unificado definitivo, resultante del último balance del año anterior.