DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP modificó el tratamiento de las profesiones liberales y oficios en el régimen general de retenciones del Impuesto a las Ganancias establecido por la Resolución General 830.
Las citadas actividades serán tratadas bajo el código de régimen 119, con un monto no sujeto a retención de $160.000.- y con una escala progresiva de alícuotas, específica para ese rubro.
La modificación será de aplicación para los pagos que se realicen desde el 1 de octubre de 2023.
No obstante, hasta el 31 de diciembre podrá seguir utilizándose el código de régimen 116, pero considerando el nuevo monto no imponible y la nueva escala de alícuotas.