DAE - Información Impositiva On-Line
La AFIP modificó la R.G. 5329, que estableció un régimen de percepción del IVA sobre las ventas de productos alimenticios para consumo humano (excepto carnes, frutas y hortalizas), bebidas, artículos de higiene personal y limpieza que se realicen entre responsables inscriptos, que entrará en vigencia el 1° de abril.
Se establece que solo serán pasibles de percepción los responsables inscriptos que adquieran los citados productos y los comercialicen sin transformación alguna.
Por otra parte, se establece que corresponderá efectuar la percepción únicamente cuando el monto de la misma supere los $ 3.000.-, límite que operará en relación a cada una de las transacciones alcanzadas por el régimen.