4 de mayo de 2026

B.E. 2439 - Seguridad Social. Bases imponibles


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Resolución 110/2026

La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley 24.241, en las sumas de $132.420,94 y $4.303.619,01, respectivamente, a partir del período devengado mayo de 2026.

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30 de abril de 2026

Circulares Mensuales


DAE - Información Impositiva On-Line

Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Abrilcon los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:

Circular Impositiva Abril 2026

Circular Laboral Abril 2026

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13 de abril de 2026

B.E. 2438 - Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones


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Decreto 242/2026

El Poder Ejecutivo reglamentó el “Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones” (RIMI) establecido por el Título XXIII de la Ley N° 27.802.

Podrán acceder al régimen las Micro, Pequeñas y Medianas empresas, por las inversiones productivas que realicen en el país: bienes de capital, obras de infraestructura productiva y proyectos que fortalezcan cadenas de valor y exportaciones.

Comprende inversiones cuyo monto sea igual o superior a u$d 150.000 en el caso de las Micro empresas; u$s 600.000 en las Pequeñas; u$d 3.500.000 en las Medianas Tramo 1; y u$s 9.000.000 en las Medianas Tramo 2.

Los beneficios consisten en la amortización acelerada de bienes de capital, y devolución anticipada del crédito fiscal de IVA vinculado a las inversiones.

Las inversiones alcanzadas son aquellas que se realicen desde la entrada en vigor de la Ley 27.802 y hasta un plazo de 2 años contados a partir de la entrada en vigencia de la resolución conjunta complementaria que deberán dictar ARCA y la Secretaría de Agricultura y la Secretaría de Energía.

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1 de abril de 2026

B.E. 2437 - MIPYMES. Parámetros


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Resolución 1/2026

La SICYPYME modificó la Resolución 220/2019, actualizando los valores del límite de ventas totales anuales y del límite de activo para la categorización de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

También se modifica el último párrafo del Art. 10 del Anexo I de la citada Resolución, indicando que a los efectos de la categorización de las Cooperativas se verificará la inscripción en el Registro de Empresas MiPyMEs de las personas jurídicas, formas asociativas, fideicomisos y/o empresas que la cooperativa incorpore como miembros o integrantes, a cuyo efecto se tomará la presentación en el Sistema Integrado de Nómina de Asociados y Autoridades de Cooperativas y Mutuales.

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B.E. 2436 - Seguridad Social. Bases Imponibles


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Resolución 74/2026

La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 en la suma de $128.091,45 y $4.162.912,57, respectivamente, a partir del período devengado abril de 2026. 

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31 de marzo de 2026

Circulares Mensuales


DAE - Información Impositiva On-Line

Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Marzocon los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:

Circular Impositiva Marzo 2026

Circular Laboral Marzo 2026

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19 de marzo de 2026

B.E. 2435 - Trabajo Agrario. Granos. Córdoba


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Resolución 44/2026

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de CÓRDOBA, las que tendrán vigencia a partir del 1° de marzo de 2026.

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17 de marzo de 2026

B.E. 2434 - Trabajo Agrario. Semilleros


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Resolución 33/2026

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de SEMILLEROS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de febrero de 2026. 

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11 de marzo de 2026

B.E. 2433 - Estados Administrativos de CUIT


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Resolución General 5832

ARCA modificó la Resolución General 3832, referida a los "Estados Administrativos de la CUIT", eliminando como causal de la limitación de la CUIT a la falta de respuesta a los requerimientos electrónicos y a las fiscalizaciones electrónicas, cursadas en los términos de la Resolución General 5823 ("Programa de Promoción del Cumplimiento Voluntario").

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6 de marzo de 2026

B.E. 2432 - Ley de Modernización Laboral


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Ley 27802

Resumimos a continuación los principales aspectos de la Ley de Modernización Laboral, que se publica en la fecha.

- Modificaciones a la Ley de Contrato de Trabajo

- Relación de trabajo: redefine la relación de trabajo como la prestación de servicios, bajo dependencia, voluntaria y remunerada.

- Presunción: en esas condiciones la existencia de contrato de trabajo se presume, salvo prueba en contrario. Sin embargo, dicha presunción no será de aplicación en las contrataciones de obras o servicios profesionales o de oficios sin relación de dependencia cuando se emitan los recibos o facturas o el pago se realice por sistemas bancarios.

- Antigüedad: se considera la antigüedad del trabajador por todo el tiempo de trabajo con el mismo empleador; pero si el vínculo laboral se interrumpe por un plazo de dos o más años, no se computará la antigüedad anterior.

- Registración: se suprime el libro especial del Art. 52.  La registración en ARCA será suficiente a todos los efectos.

- Tiempo parcial: se elimina la referencia los 2/3 de la jornada: siempre que la prestación de servicios sea inferior a la jornada legal o convencional la remuneración y las cargas sociales serán proporcionales.

- Plazo fijo: en el contrato a plazo fijo, en caso de despido antes del cumplimiento del plazo, se elimina la indemnización por daños y perjuicios. La indemnización por antigüedad se calculará en función del plazo originalmente pactado.

- Beneficios sociales: se incorpora como beneficios sociales no remunerativos del Art. 103 bis, los servicios de comedor en establecimientos cercanos contratados por el empleador.

- Remuneraciones dinámicas: se establece la posibilidad de incorporar a la retribución del trabajador componentes remunerativos dinámicos adicionales, por mérito personal del trabajador o por aspectos propios de la organización. Se fijará por acuerdos colectivos o individuales y no generarán derechos adquiridos ni ultraactividad.

- Vacaciones: se mantiene el período de vacaciones de octubre a abril, aunque las partes podrán acordar el goce fuera de ese período. También por acuerdo de las partes, las vacaciones se podrán fraccionar en períodos no menores a 7 días. La fecha de inicio de las vacaciones se notificará con una antelación no menor a 30 días.

- Compensación de horas: el empleador y el trabajador podrán acordar voluntariamente un régimen de compensación de horas extraordinarias de trabajo, banco de horas y francos compensatorios, respetando los descansos mínimos legales. El acuerdo deberá formalizarse por escrito.

- Licencia por enfermedad: se establecen requisitos para los certificados médicos que el trabajador presente para justificar inasistencias por enfermedad o accidente inculpable. Deberán contener el diagnóstico médico, el tratamiento y la cantidad de días de reposo laboral indicados, y ser emitidos en todo el territorio nacional por profesionales médicos habilitados para el ejercicio de la medicina y firmados digitalmente. El trabajador está obligado a someterse al control por parte del facultativo designado por el empleador, y en caso de discrepancia se podrá recurrir a una junta médica en institución oficial.

- Indemnización por despido: en caso de despido sin justa causa la indemnización por antigüedad será de 1 mes de sueldo por cada año de servicio o fracción mayor de 3 meses, tomando como base de cálculo la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada durante el último año o durante el tiempo de prestación de servicios si éste fuera menor.  No tendrán incidencia los conceptos de pago no mensuales como el Sueldo Anual Complementario, vacaciones, premios que no sean de pago mensual. Se fija un tope máximo de 3 veces el salario promedio del Convenio Colectivo aplicable; y la indemnización no podrá ser inferior a 67% de la remuneración mensual normal y habitual ni menor a 1 mes de sueldo. La percepción de la indemnización importa la extinción definitiva de cualquier reclamo judicial o extrajudicial vinculado al despido.

- Créditos laborales: los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados por IPC más un interés del 3% anual. Cuando exista sentencia judicial condenatoria se podrá cancelar en cuotas (hasta 6 cuotas para las grandes empresas, y hasta 12 cuotas para micro, pequeñas y medianas empresas).

- Fondo de Asistencia Laboral: se crean los Fondos de Asistencia Laboral (FAL), destinados a cubrir indemnizaciones por despido, preaviso, integración, incapacidad, muerte, contratos a plazo fijo, mutuo acuerdo y otras previstas en la LCT y estatutos especiales. Solo cubre trabajadores registrados con al menos 12 meses de antigüedad. No modifica el régimen indemnizatorio. Se financia con una contribución mensual obligatoria (1% para grandes empresas y 2,5% para MiPyMEs) a cargo del empleador, quien tendrá una reducción equivalente en las contribuciones patronales.

 - Trabajo agrario: Se agrega un párrafo al Art. 17 del Régimen de Trabajo Agrario, referido al contrato de trabajo temporario, cuando la relación laboral se origine en necesidades de la explotación de carácter cíclico o estacional, o para la realización de tareas ocasionales, accidentales o supletorias. Se establece que la celebración de sucesivos contratos de trabajo temporario  para este tipo de tareas, cualquiera sea el número de contrataciones, no modificará la naturaleza temporaria del vínculo.

- Bolsas de trabajo: se establece que en ningún caso será exclusiva u obligatoria la solicitud y/o asignación de personal a través de las Bolsas de Trabajo.

- Aportes de sindicalización: se establecen topes a los aportes a cámaras empresariales (0,5%) y asociaciones sindicales (2%).

- Incentivo a la Formalización Laboral: se crea un régimen de incentivo por 1 año para la contratación de personal que no haya tenido empleo registrado al 10/12/2025, o que haya estado desempleado los últimos 6 meses, o haya estado inscripto como monoributista, o provenga del sector público. Por las contrataciones en estas condiciones las contribuciones al SIPA serán del 2% y al INSSJP del 3% durante los primeros 48 meses.

- Promoción del Empleo Registrado (PER): se podrán regularizar relaciones laborales no registradas o aquellas deficientemente registradas, vigentes iniciadas hasta la fecha de promulgación de la ley. La reglamentación determinará los porcentajes de condonación que habrán de aplicarse, los que en ningún caso serán inferiores al 70% del total de las sumas adeudadas.

 

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2 de marzo de 2026

Circulares Mensuales


DAE - Información Impositiva On-Line

Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Febrerocon los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:

Circular Impositiva Febrero 2026

Circular Laboral Febrero 2026

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B.E. 2431 - RENATRE. Programa de Empleo Rural


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Resolución 20/2026

El RENATRE creó el Programa de Empleo Rural ("PER"), que operará como plataforma de intermediación entre trabajadores y empleadores rurales para la contratación de personal. En una primera etapa estará dirigido a trabajadores beneficiarios de la prestación por desempleo.

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20 de febrero de 2026

B.E. 2430 - Seguridad social. Bases imponibles


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Resolución 38/2026

ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 en la suma de $124.481,49 y $4.045.590,45, respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2026.

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13 de febrero de 2026

B.E. 2429 - Normas de facturación. Modificaciones


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Resolución General 5824

ARCA modificó la Resolución General 1415, régimen de emisión de comprobantes.

Entre las novedades, destacamos que se introduce la obligación de consignar los datos del comprador en las operaciones a consumidor final cuando éste así lo requiera, cualquiera sea el monto de la operación.

Se establece la posibilidad de asociar una actividad económica a un punto de venta determinado.

Se elimina la excepción a la obligación de facturar, para las entidades financieras y de seguros, y para las emisoras y administradoras de tarjetas.

También se elimina la excepción para los directivos de sociedades y los honorarios profesionales cobrados por vía judicial.

Para algunos contribuyentes se establece la posibilidad de facturar las operaciones por período mensual en un  único comprobante de liquidación mensual. Alcanza a entidades financieras, de seguros, emisoras y administradoras de tarjetas, instituciones educativas de gestión privada y medicina prepaga.

La norma entrará en vigencia el día de su publicación. 

No obstante, la posibilidad de vincular punto de venta con actividad estará disponible a partir del 1 de julio de 2026. 

También desde esa misma fecha regirá la obligación de emitir comprobantes para los sujetos que resulten obligados a partir de estas modificaciones.

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11 de febrero de 2026

B.E. 2428 - Programa de promoción del cumplimiento voluntario


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Resolución General 5823

ARCA implementó el "Programa de promoción del cumplimiento voluntario", en sustitución del "Sistema de Acciones de Control Electrónico (SIACE)" que había establecido la Resolución General 5364.

El sistema consta del servicio "Nuestra Parte", campañas de inducción, requerimientos electrónicos y fiscalizaciones electrónicas.

En el servicio "Nuestra Parte" el contribuyente podrá consultar la información que cuente el organismo sobre su situación fiscal.

ARCA podrá notificar mediante campañas de inducción sobre las inconsistencias y desvíos que detecte, y el contribuyente tendrá 30 días corridos para subsanar los mismos.

Podrá emitir requerimientos electrónicos para recabar información sobre las actividades del contribuyente.

También podrá cursar fiscalizaciones electrónicas cuando detecte inconsistencias y/o desvíos. La fiscalización se iniciará mediante notificación en el Domicilio Fiscal Electrónico.

Los requerimientos y fiscalizaciones deberán ser respondidos por el contribuyente en el plazo de 15 días hábiles, por el servicio "Sistema de Acciones de Control Electrónico - SIACE", opción "Cumplimentar", adjuntando en formato PDF la prueba documental que considere pertinente. 

Por el mismo sistema se podrá solicitar por una única vez una prórroga en el plazo para la respuesta.

La falta de respuesta a los requerimientos o fiscalizaciones electrónicas será considerada para la determinación de la categoría asignada en el "Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)".

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10 de febrero de 2026

B.E. 2427 - Ganancias. Retenciones. Intereses


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Resolución General 5822

ARCA modificó la Resolución General 830 (régimen general de retenciones del Impuesto a las Ganancias) incorporando como conceptos no sujetos a retención los intereses originados por depósitos en moneda extranjera realizados por personas humanas y sucesiones indivisas en las entidades financieras.

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B.E. 2426 - Carta de Porte. Modificaciones


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Resolución General Conjunta 5821

El Ministerio de Economía y la ARCA, por resolución conjunta, modificaron las resoluciones generales 5017 (Carta de Porte granaria) y 5235 (Carta de Porte derivados).

En general son modificaciones de forma en los textos de las citadas resoluciones, a efectos de eliminar las referencias al ex-Registro Único de Operadores (RUCA).

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2 de febrero de 2026

Circulares Mensuales


DAE - Información Impositiva On-Line

Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Enerocon los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:

Circular Impositiva Enero 2026

Circular Laboral Enero 2026

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26 de enero de 2026

B.E. 2425 - Seguridad Social. Bases Imponibles


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Resolución 21/2026

La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, en la suma de $120.996,78 y $3.932.339,08, respectivamente, a partir del período devengado febrero de 2026.

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12 de enero de 2026

B.E. 2424 - Trabajo Agrario. Granos. Córdoba


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 2/2026

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de CÓRDOBA, las que tendrán vigencia a partir del 1° de enero de 2026.

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8 de enero de 2026

B.E. 2423 - Acuerdo Salarial Comercio Rama Cerealera


 DAE - Información Impositiva On-Line

Acuerdo Salarial

Adjuntamos Acta y Escalas correspondientes al nuevo acuerdo salarial de Comercio - Rama Cerealera, para el período Enero a Abril de 2026.

La suma no remunerativa de $ 40.000.- otorgada en el acuerdo anterior y que debía incorporarse a los básicos en febrero, se seguirá abonando como no remunerativa en febrero y marzo, incorporándose a los básicos en abril.

Se agrega el pago de una suma no remunerativa de $ 60.000.- en cada uno de los meses de enero a abril de 2026. La primera se pagará entre el 1 y el 20 de enero, y las restantes conjuntamente con los haberes de enero, febrero y marzo. Se incorporará a los básicos en el mes de mayo.

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B.E. 2422 - Domicilio Fiscal


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Resolución General 5809

ARCA reemplaza la Resolución General 2109, referida al domicilio fiscal.

Se destaca la incorporación de normas que simplifican y agilizan el procedimiento para la modificación del domicilio fiscal.

La norma entrará en vigencia el 2 de marzo de 2026.

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7 de enero de 2026

B.E. 2421 - Trabajo Agrario. Granos. Entre Ríos


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Resolución 376/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RÍOS, con vigencia a partir del 1° de diciembre de 2025.

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B.E. 2420 - Trabajo Agrario. Granos. Buenos Aires y La Pampa


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 358/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de las Provincias de BUENOS AIRES Y LA PAMPA, con vigencia a partir del 1° de diciembre de 2025.

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5 de enero de 2026

B.E. 2419 - Trabajo Agrario. Granos. Santa Fe


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Resolución 353/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de SANTA FE, con vigencia a partir del 1° de enero de 2026.

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2 de enero de 2026

B.E. 2418 - "Ley de Inocencia Fiscal"


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Ley 27799

Se publicó en la fecha la llamada "Ley de Inocencia Fiscal, que contiene modificaciones a la Ley Penal Tributaria, a la Ley de Procedimiento Fiscal, y la creación del régimen de Declaración Simplificada de Ganancias.

Se ajustan los montos mínimos para la configuración de los tipos previstos en la Ley Penal Tributaria:

En los delitos tributarios:
- Evasión Simple: $ 100.000.000
- Evasión Agravada: $ 1.000.000.000
Ese mínimo se reducirá a $ 200.000.000 cuando mediaren personas o estructuras para ocultar la identidad del sujeto obligado, o cuando se utilicen fraudulentamente exenciones o desgravaciones fiscales; y se reducirá a $ 100.000.000 cuando se utilicen facturas apócrifas.
- La apropiación indebida de tributos será penada cuando supere $ 10.000.000 por cada mes.

En los Recursos de la Seguridad Social:
- Evasión simple: $ 7.000.000 por cada mes
- Evasión agravada: 35.000.000
Ese mínimo se reducirá a $ 14.000.000 cuando mediaren personas o estructuras para ocultar la identidad del sujeto obligado, o cuando se utilicen fraudulentamente exenciones o desgravaciones fiscales.
- En la apropiación indebida de recursos de la seguridad social el mínimo será de 3.500.000 por cada mes

La simulación dolosa de cancelación de obligaciones será reprimida cuando supere $ 20.000.000 por ejercicio anual en obligaciones tributarias, y $ 3.500.000 por mes en recursos de la seguridad social.

En otro orden, se establecen precisiones respecto de la extinción de acción penal y la prescripción de las facultades del Fisco.

En la Ley de Procedimiento Fiscal se ajustan los montos de las multas por omisiòn de presentar Declaración Jurada, a $ 220.000 para personas humanas y a $ 440.000 para personas jurídicas; las multas por la omisión de presentar declaraciones juradas de regímenes de información se elevan a $ 5.000.000 y $ 10.000.000, respectivamente; las multas por omisión de deberes formales se graduarán de $ 150.000 a $ 2.500.000 y en caso de infracciones relativas al domicilio fiscal o resistencia a la fiscalización podrán graduarse hasta un máximo de 4 35.000.000.

El incumpliento de requerimientos de la Administración podrá ser sancionado de $ 500.000 a $ 35.000.000; y a contribuyentes o responsables cuyos ingresos brutos anuales sean iguales o superiores a $ 10.000.000.000 que incumplan 3 requerimientos se les aplicará una multa de 2 a 10 veces dicho importe máximo.

La falta de registración o declaración en forma de trabajadores en relación de dependencia podrá ser sancionada con $ 200.000 a $ 7.500.000.

Se reduce a 3 años el plazo de prescripción para el contribuyente inscripto que haya cumplido en término con las declaraciones juradas correspondientes, siempre que el organismo recaudador no impugne la declaración jurada presentada por detectar una diferencia no inferior al 15% o superior as $ 100.000.000, o resulte de la utilización de facturas apócrifas.

Se establece un Régimen de Declaración Jurada Simplificada del Impuesto a las Ganancias, para personas humanas y sucesiones indivisas radicadas en el país, cuyos ingresos totales no superen los $ 1.000.000.000 y su patrimonio total no supere los $ 10.000.000.000.

El sujeto que opte por esta modalidad y acepte el contenido de la declaración jurada propuesta por la ARCA gozará del efecto liberatorio del pago con relación a ese tributo y período fiscal, excepto que, con posterioridad, se verifique la omisión en la declaración de ingresos o el cómputo de una deducción improcedente y/o la utilización de facturas u otros documentos que resultaren apócrifos.

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31 de diciembre de 2025

Circulares Mensuales


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Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Diciembrecon los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:

Circular Impositiva Diciembre 2025

Circular Laboral Diciembre 2025

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B.E. 2417 - Facilidades de pago. Prórroga


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Resolución General 5808

ARCA prorrogó hasta el 31 de marzo de 2026 el plazo para la adhesión a los planes de facilidades establecidos por la Resolución General 5711 y su complementaria 5777.

Recordamos que el citado régimen de facilidades permite la regularización de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de agosto de 2025.

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30 de diciembre de 2025

B.E. 2416 - Importaciones. Percepciones IVA y Ganancias


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5807

ARCA extendió hasta el 30 de junio de 2026 la vigencia de la Resolución General 5490, que estableció la exclusión de las percepciones de Ganancias (RG 2281) y de IVA (RG 2937) para las importaciones de una canasta de bienes de primera necesidad.

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B.E. 2415 - Suspensión de juicios y embargos


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5806

ARCA extendió hasta el 31 de julio de 2026 la suspensión de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares a las entidades sin fines de lucro y a los contribuyentes pertenecientes al sector de salud.

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29 de diciembre de 2025

B.E. 2414 - Acuerdo salarial URGARA


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Acuerdo salarial

Adjuntamos acuerdo salarial de URGARA para el período Octubre 2025 a Junio 2026, en el que se prevé los siguientes incrementos:

Con carácter remunerativo:
- Octubre 2025: 3% sobre los básicos de septiembre
- Noviembre 2025: 2,5% sobre los básicos de octubre
- Diciembre 2025: 2,5% sobre los básicos de noviembre
Los incrementos de octubre y noviembre deberán abonarse como retroactivos con los haberes de diciembre.

Con carácter no remunerativo:
- Enero 2026: suma fija equivalente al 5,5%
- Febrero 2026: suma fija equivalente al 5,5%
- Marzo 2026: suma fija equivalente al 5,5%
- Abril 2026: suma fija equivalente al 4,5%
- Mayo 2026: suma fija equivalente al 4,5%
- Junio 2026: suma fija equivalente al 4,5%

Las sumas fijas de febrero y marzo se incorporan al básico a partir del 1 de abril; y las de mayo y junio se incorporan el 1 de julio.

Las sumas fijas de febrero, marzo, mayo y junio, se toman para SAC, vacaciones, horas extras, adicionales de convenio, antigüedad, presentismo y licencias. Las de enero y de abril no impactan en adicionales.

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26 de diciembre de 2025

B.E. 2413 - Días no laborables 2026


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Resolución 164/2025

La Jefatura de Gabinete de Ministros estableció los días no laborables con fines turísticos para el año 2026:

- Lunes 23 de marzo
- Viernes 10 de julio
- Lunes 7 de diciembre

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24 de diciembre de 2025

B.E. 2412 - Inscripción y modificación de datos. Ordenamiento


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Resolución General 5803/2025

ARCA reemplaza las normas que regulan los procedimientos para la inscripción, alta de impuestos y/o regímenes y modificaciones de datos, reuniendo las mismas en un único plexo normativo.

Se simplifican trámites y documentación exigible y, entre otras cuestiones, se elimina la Clave de Identificación (CDI).

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B.E. 2411 - Seguridad Social. Bases imponibles


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Resolución 381/2025

ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, en la suma de $117.643,93 y $3.823.372,95, respectivamente, a partir del período devengado enero de 2026.

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19 de diciembre de 2025

B.E. 2410 - Trabajo Agrario. Fitosanitarios


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Resolución 313/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para los trabajadores que de manera exclusiva desempeñan tareas de APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, las que tendrán vigencia a partir del 1° de noviembre de 2025.

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B.E. 2409 - Trabajo Agrario. Tractoristas


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Resolución 312/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña como CONDUCTOR TRACTORISTA, MAQUINISTA DE MÁQUINAS COSECHADORAS Y AGRÍCOLAS QUE SE DESEMPEÑEN EXCLUSIVAMENTE EN LAS TAREAS DE RECOLECCIÓN Y COSECHA DE GRANOS Y OLEAGINOSAS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de noviembre de 2025.

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B.E. 2408 - Trabajo Agrario. Adicional por título


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Resolución 310/2025

La CNTA fijó  un ADICIONAL POR INSERCION Y TERMINALIDAD EDUCATIVA DE CARÁCTER REMUNERATIVO POR TITULO SECUNDARIO Y POR TITULO TERCIARIO, a partir del 1° de diciembre de 2025, para todos los trabajadores permanentes de prestación continua que se desempeñen en explotaciones agrarias comprendidos en el marco del Régimen de Trabajo Agrario.

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16 de diciembre de 2025

B.E. 2407 - Controladores Fiscales. Información


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5801

ARCA modificó la Resolución General 3561, que regula la emisión de comprobantes mediante "Controladores Fiscales", simplificando la información que deben enviar quienes utilicen equipamiento de "Nueva Tecnología".

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15 de diciembre de 2025

B.E. 2406 - Asueto administrativo


 DAE - Información Impositiva On-Line

Decreto 883/2025

Otorgan asueto al personal de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2025.

La medida no alcanza a las instituciones bancarias y entidades financieras.

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10 de diciembre de 2025

B.E. 2405 - Trabajo Agrario. Arroz. Entre Ríos


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 293/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad ARROCERA, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RÍOS, las que tendrán vigencia a partir del 1° de noviembre de 2025.

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B.E. 2404 - Trabajo Agrario. Personal permanente


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 290/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas del PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de noviembre de 2025.

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3 de diciembre de 2025

B.E. 2403 - Salario Mínimo, Vital y Móvil


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 9/2025

Fijaron nuevos montos del Salario Mínimo, Vital y Móvil:

a.- A partir del 1° de Noviembre de 2025, $328.400 para los trabajadores mensualizados y $ 1.642 por hora, para los trabajadores jornalizados.
b.- A partir del 1° de Diciembre de 2025, $ 334.800 para los trabajadores mensualizados y $1.674 por hora, para los trabajadores jornalizados.
c.- A partir del 1° de Enero de 2026, $341.000 para los trabajadores mensualizados y $ 1.705 por hora, para los trabajadores jornalizados.
d.- A partir del 1° de Febrero de 2026, $ 346.800 para los trabajadores mensualizados y $ 1.734 por hora, para los trabajadores jornalizados.
e.- A partir del 1° de Marzo 2026, $ 352.400, para los trabajadores mensualizados y $ 1.762 por hora, para los trabajadores jornalizados.
f.- A partir del 1° de Abril de 2026, $ 357.800, para los trabajadores mensualizados y $ 1.789 por hora, para los trabajadores jornalizados.
g.- A partir del 1° de Mayo de 2026, $ 363.000, para los trabajadores mensualizados y $ 1.815 por hora, para los trabajadores jornalizados.
h.- A partir del 1° de Junio de 2026, $ 367.800, para los trabajadores mensualizados y $ 1.839 por hora, para los trabajadores jornalizados.
i.- A partir del 1° de Julio de 2026, $ 372.400, para los trabajadores mensualizados y $ 1.862 por hora, para los trabajadores jornalizados.
j.- A partir del 1° de Agosto de 2026, $ 376.600, para los trabajadores mensualizados y $ 1.883 por hora, para los trabajadores jornalizados.

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28 de noviembre de 2025

Circulares Mensuales


DAE - Información Impositiva On-Line

Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Noviembrecon los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:

Circular Impositiva Noviembre 2025

Circular Laboral Noviembre 2025

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27 de noviembre de 2025

B.E. 2402 - Seguridad social. Bases imponibles


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 359/2025

ANSES Estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, en la suma de $ 114.808,17 y $ 3.731.212,01, respectivamente, a partir del período devengado diciembre de 2025.

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25 de noviembre de 2025

B.E. 2401 - Saldos de libre disponibilidad. Conversión a Dólares


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5792

ARCA, en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución 1834/2025 del Ministerio de Economía, estableció un mecanismo opcional para la conversión a dólares de los saldos de libre disponibilidad vinculados a operaciones de comercio exterior y reintegros de exportación.

Podrán optar por este régimen los contribuyentes y/o responsables que cuenten con solicitudes de devolución de saldos a favor de libre disponibilidad de impuestos nacionales vinculados a operaciones de comercio exterior y/o de pedidos de pago de reintegros a la exportación, al 31 de octubre de 2025.

El plazo para ejercer la opción se extenderá desde el 5 de diciembre de 2025 hasta el 1 de marzo de 2026.

La conversión a dólares se hará al tipo de cambio vendedor del Banco Nación de la Argentina del día 18 de noviembre de 2025.

Los saldos por los que se haya ejercido la opción, podrán utilizarse a partir del 1 de enero de 2027 para su compensación contra tributos interiores y aduaneros, o podrá solicitarse su devolución.

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13 de noviembre de 2025

B.E. 2400 - Vencimientos de Noviembre y Diciembre


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5787

ARCA adelantó vencimientos de Noviembre y Diciembre:

- Las obligaciones de presentaciones y pagos previstos originalmente para los días 26 y 27 de Noviembre vencerán, excepcionalmente, el día 25 de Noviembre.

- Las obligaciones de presentaciones y pagos previstos originalmente para el día 29 de Diciembre vencerán, excepcionalmente, el día 26 de Diciembre.

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5 de noviembre de 2025

B.E. 2399 - Trabajo agrario. Semilleros


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 263/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de SEMILLEROS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de octubre de 2025.

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B.E. 2398 - Seguridad Social. Bases imponibles


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 338/2025

La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 en la suma de $112.183,09 y $3.645.898, respectivamente, a partir del período devengado noviembre de 2025.

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3 de noviembre de 2025

B.E. 2397 - Facturación. Modificaciones


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5785

ARCA modificó la Resolución General 4290, que regula el régimen de facturación, para incorporar los cambios impuestos por la Resolución General 5782 al C.A.E.A. (Código de Autorización Electrónico Anticipado).

Se destaca que en caso de contingencia en la emisión de comprobantes por "WebService" el procedimiento de obtención del C.A.E.A. será la primera opción.

Por otra parte, se amplían las facultades de ARCA para el control y sanción ante incumplimientos.

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31 de octubre de 2025

Circulares Mensuales


DAE - Información Impositiva On-Line

Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Octubrecon los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:

Circular Impositiva Octubre 2025

Circular Laboral Octubre 2025

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30 de octubre de 2025

B.E. 2396 - Facturación. "C.A.E.A."


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5782

ARCA sustituyó el texto de la Resolución General 2926, que estableció un procedimiento especial de emisión de comprobantes electrónicos mediante la utilización del Código de Autorización Electrónico Anticipado "C.A.E.A.", de utilización opcional y excepcional para los casos de inoperatividad de los sistemas de emisión de comprobantes electrónicos o inconvenientes con el funcionamiento de los equipos "Controladores Fiscales".

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B.E. 2395 - Trabajo agrario. Planes sociales


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Decreto 777/2025

El Poder Ejecutivo prorrogó  por el término de 1 año, contado a partir del 1° de septiembre de 2025, la vigencia del Decreto 514/2021, que permite a los trabajadores rurales que realizan actividades temporales y estacionales, conservar los planes y prestaciones sociales de las que sean titulares.

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22 de octubre de 2025

B.E. 2394 - Facilidades de pago especial. Modificación


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Resolución General 5777

ARCA modificó la Resolución General 5711, por la que se estableció un régimen de facilidades de pago para la regularización de obligaciones vencidas hasta el 30 de abril de 2025.

Se podrán incluir ahora obligaciones vencidas hasta el 31 de agosto de 2025.

Asimismo, se redujeron los porcentajes del pago a cuenta a ingresar según el tipo de plan.

Recordamos que el acogimiento a estos planes de facilidades podrán efectuarse hasta el 30 de diciembre de 2025.

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B.E. 2393 - Facilidades de pago permanente. Modificación


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5776

ARCA modificó la Resolución General 5321, que establece el plan de facilidades de pago permanente,  incrementando la cantidad máxima de planes de facilidades de pago por deuda general que los contribuyentes y responsables podrán presentar por este régimen.

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14 de octubre de 2025

B.E. 2392 - "SISA". Modificaciones


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Resolución General 5771

ARCA modificó la R.G. 4310, cambiando las fecha de presentación de la información de las existencias y la capacidad de producción previsto en el módulo "Información Productiva" de dicha norma, y flexibilizando algunos de los parámetros que determinan los "Estados" del sistema de "scoring". 

La Información Productiva 1 "IP 1" se informará desde el 1/9 al 31/10, con las existencias al 31/8, , incluyendo  como existencias los productos comercializados a partir del día 1 de septiembre, inclusive.

Sobre la calificación del "scoring", se admite para el Estado 1 la calificación de perfil "B" en el Sistema de Perfil de Riesgo ("SIPER").

En cuanto a los incumplimientos de carácter formal que definen el Estado 3, se establece que las inconsistencias o incumplimientos informados por el Banco Central sobre la obligación de liquidar divisas operará si el monto total informado por dicha entidad supera el mayor importe que surja de la comparación entre el 10% del valor total "FOB" de las exportaciones perfeccionadas durante el año calendario inmediato anterior con permisos de embarque en estado "cancelado" y USD 10.000.-.

Respecto de los contribuyentes involucrados en procesos judiciales vinculados a las leyes penales tributarias, delitos comunes con conexión a obligaciones fiscales o funciones estatales, caerán a "Estado 3" siempre que exista sentencia firme y en en tanto no se haya cumplido la condena.

La Resolución comentada regirá desde el 1 de noviembre de 2025.

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B.E. 2391 - Trabajo Agrario. Granos. Buenos Aires y La Pampa


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Resolución 241/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en las tareas de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de las Provincias de BUENOS AIRES Y LA PAMPA, con vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

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B.E. 2390 - Trabajo Agrario. Granos. Santa Fe


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 240/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de SANTA FE, con vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

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13 de octubre de 2025

B.E. 2389 - Trabajo Agrario. Tractoristas


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Resolución 226/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña como CONDUCTOR TRACTORISTA, MAQUINISTA DE MÁQUINAS COSECHADORAS Y AGRÍCOLAS QUE SE DESEMPEÑEN EXCLUSIVAMENTE EN LAS TAREAS DE RECOLECCIÓN Y COSECHA DE GRANOS Y OLEAGINOSAS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

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B.E. 2388 - Trabajo Agrario. Fitosanitarios


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 225/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para los trabajadores que de manera exclusiva desempeñan tareas de APLICACIÓN DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

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9 de octubre de 2025

B.E. 2387 - Trabajo Agrario. Personal permanente


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución 219/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas del PERSONAL PERMANENTE DE PRESTACIÓN CONTINUA comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

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30 de septiembre de 2025

Circulares Mensuales


DAE - Información Impositiva On-Line

Adjuntamos nuestras Circulares Mensuales del mes de Septiembrecon los resúmenes y textos de las normas de especial interés para nuestras Cooperativas agropecuarias:

Circular Impositiva Septiembre 2025

Circular Laboral Septiembre 2025

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25 de septiembre de 2025

B.E. 2386 - Emisión de comprobantes. Modificaciones


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Resolución General 5764

ARCA modifica diversas resoluciones relacionadas con la emisión de comprobantes, para adecuar sus textos como consecuencia del reemplazo de los comprobantes tipo "M" por comprobantes clase "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN" y clase "A" con leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA".

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B.E. 2385 - Régimen de emisión de comprobantes. Nuevo texto


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5762

ARCA sustituyó el texto de la R.G. 1575, que establece los requisitos que deben cumplir los responsables inscriptos en IVA para solicitar por primera vez desde su inscripción la autorización para emitir comprobantes tipo "A".

Se reemplazan los comprobantes tipo "M" por  clase "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN" y clase "A" con leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA".

Quienes no cumplan con alguno de los requisitos previstos para la emisión de comprobantes "A" serán autorizados para emitir comprobantes "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN"; y quienes no acrediten la solvencia patrimonial requerida pero no registren inconsistencias o irregularidades, podrán optar por solicitar la emisión de comprobantes clase "A" con leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA".

Quienes reciban comprobantes "A" con leyenda "OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN" deberán actuar como agentes de retención, reteniendo el 100% del IVA y el 6% del monto de la operación en concepto de Impuesto a las Ganancias.

Quienes reciban los comprobantes "A" con leyenda "PAGO EN CBU INFORMADA" deberán cancelar el importe total del comprobante mediante transferencia o depósito en la cuenta cuya CBU haya sido informada por el emisor a ARCA.

Las disposiciones de la resolución comentada entrarán en vigencia el día 1 de diciembre de 2025.

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B.E. 2384 - Seguridad Social. Bases Imponibles


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Resolución 317/2025

La ANSES estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241 en la suma de $ 109.897,23 y $ 3.571.608,54, respectivamente, a partir del período devengado octubre de 2025.

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23 de septiembre de 2025

B.E. 2383 - Facilidades de pago. Modificación


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Resolución General 5759

ARCA modificó la R.G. 5321, que establece el régimen de facilidades de pago de carácter permanente, incorporando un nuevo plan con condiciones específicas destinado a sujetos en concurso preventivo o en estado de quiebra con continuidad.

Asimismo, se actualiza el monto mínimo del pago a cuenta y de las cuotas de todos los planes que se presenten en los términos de la citada resolución.

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9 de septiembre de 2025

B.E. 2382 - Trabajo Agrario. Arroz. Entre Ríos


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Resolución 200/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad ARROCERA, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RÍOS, las que tendrán vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

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8 de septiembre de 2025

B.E. 2381 - Trabajo Agrario. Granos. Entre Ríos


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Resolución 193/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal ocupado en la actividad de MANIPULACIÓN Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, en el ámbito de la Provincia de ENTRE RÍOS, con vigencia a partir del 1° de septiembre de 2025.

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B.E. 2380 - Trabajo Agrario. Semilleros


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Resolución 185/2025

La CNTA fijó las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en la actividad de SEMILLEROS, en el ámbito de TODO EL PAÍS, con vigencia a partir del 1° de julio de 2025.

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5 de septiembre de 2025

B.E. 2379 - Cuentas Tributarias. Saldos a favor


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Resolución General 5754

ARCA modificó la R.G. 2463, que regula el Sistema "Cuentas Tributarias", agregando que los saldos acreedores de períodos fiscales cuyos vencimientos para la presentación de la declaración jurada hubieran acaecido con antelación al 1° de enero del quinto año anterior, los mismos solo podrán utilizarse en tanto sean identificados "prima facie" como viables por ARCA.

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B.E. 2378 - Solicitudes de compensación.


 DAE - Información Impositiva On-Line

Resolución General 5753

ARCA sustituyó el texto de la R.G. 1658, que establece el régimen de compensaciones de obligaciones fiscales con saldos a favor.

En el nuevo texto, donde se formulan precisiones operativas sobre los procedimientos de compensación, también se extiende a los responsables sustitutos la posibilidad de que puedan solicitar la compensación de los saldos a ingresar por su obligación en tal carácter, con sus saldos a favor de libre disponibilidad.

En otro punto a destacar, se establece que la compensación de saldos con más de 5 años de antigüedad podrán utilizarse siempre que los mismos sean indicados "prima facie" como viables por ARCA.

También se crea en "Presentaciones Digitales" el trámite "Procesamiento o Anulación de Compensaciones" para solicitar la viabilidad de los saldos que no pudieran ser utilizados.

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1 de septiembre de 2025

B.E. 2377 - Feriado Nacional


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Resolución 139/2025

La Jefatura de Gabinete de Ministros, en atención a lo dispuesto por el Dto. 614/2025, resolvió trasladar el Feriado Nacional del día Domingo 12 de Octubre de 2025, al día Viernes 10 de Octubre de 2025.

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B.E. 2376 - Seguridad Social. Bases imponibles


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Resolución 298/2025

ANSES Estableció las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley N° 24.241, en las sumas de $ 107.869,29 y $ 3.505.701,35, respectivamente, a partir del período devengado septiembre de 2025.

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